El violador que la Audiencia de Lleida excarceló el pasado lunes tras reducirle la pena en aplicación de la ley de solo sí es sí presenta un elevado riesgo de reincidencia, según los servicios penitenciarios de la Generalitat, que han alertado a los Mossos y a la Fiscalía de su puesta en libertad.
Según han informado fuentes penitenciarias, el violador, Daniel P. G., salió el pasado lunes de la cárcel Ponent de Lleida donde cumplía condena después de que la Audiencia le rebajara a nueve y medio los quince años de condena que le impuso en 2010 por dos agresiones sexuales y un robo con violencia.
El recluso, que tiene prohibido acercarse a las víctimas durante los próximos diez años, no disfrutó de ningún permiso ni salida desde que entró en prisión, en el año 2008, dado que se considera que sigue presentando riesgo elevado de reincidencia.
Además, según fuentes cercanas al caso, el violador ya había cumplido condena por otros delitos contra la libertad sexual que cometió cuando era menor de edad.
Ante la excarcelación del violador, el Departamento de Justicia ha activado el protocolo previsto en el caso de internos evaluados de alto riesgo que salgan en libertad, fruto de un protocolo que se firmó con la Fiscalía Superior de Cataluña en el año 2009.
Por ese motivo, los servicios penitenciarios de la Generalitat han informado de la excarcelación del violador tanto al ministerio público como a los Mossos d'Esquadra, a los que la Fiscalía podrá ordenar las actuaciones que crea oportunas, habitualmente la vigilancia no invasiva del condenado.
En paralelo, la Secretaría de Medidas Penales del Departamento de Justicia trabaja para establecer mecanismos extraordinarios de protección de las víctimas del violador.
Mientras permaneció en prisión, el condenado aceptó participar en programas de formación y en los itinerarios programados para la rehabilitación de agresores sexuales, pero los servicios penitenciarios concluyen que sigue presentando un elevado riesgo de reincidencia.
La Audiencia de Lleida acordó el lunes la "inmediata excarcelación" del condenado, cuya defensa había solicitado que se le revisara la sentencia por la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí que rebaja las penas mínimas por agresión sexual, al concluir que por el principio de retroactividad de las leyes se le debe aplicar la legislación más beneficiosa.