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Condenada por golpear y patear a la médico y la enfermera que la ina a trasladar

Ls dos profesioanles anitarias resultaron con lesiones

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  • Ambulancia del 061, en una imagen de archivo. -

El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha condenado a una mujer por un delito de atentado a funcionario público sanitario por agredir a una médica y a una enfermera que la atendieron en su casa en el momento que le dijeron que iba a ser trasladada al hospital. Así, se le impone un año de prisión.

Los hechos tuvieron lugar en julio de 2020. Una médico y una enfermera, ambas del Servicio Andaluz de Salud (SAS), fueron a la casa de la mujer para atenderla, prestando el servicio de urgencia, encontrándose la paciente consciente, aunque con los ojos cerrados, según se declara probado en la sentencia del juzgado.

Así, cuando le comunicaron que iba a ser trasladada a un centro hospitalario, la acusada, señala la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, comenzó a agredir a las dos sanitarias, "con golpes y patadas", al tiempo que gritaba que no aceptaba dicho traslado. Ambas mujeres resultaron con lesiones.

Además de por atentado a funcionarias públicas sanitarias, el juzgado también condena a la mujer por dos delitos leves de lesiones, imponiéndole un multa de 540 euros. Asimismo, deberá indemnizar con 60 euros a cada una de las perjudicadas, que ejercieron la acusación particular en este proceso, en el caso de la médica representada por el abogado de la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Málaga, Antonio Moya.

Según se pone de manifiesto en la resolución, existe una relación entre la agresión y la función pública que estaban realizando ambas sanitarias, además de constatarse una "desmedida" reacción de la acusada a la decisión de traslado al hospital, golpeando a ambas de forma "inesperada".

La acusada no compareció en el juicio, pero en la instrucción alegó no ser consciente de haber agredido a las sanitarias, sino que "el único movimiento que hizo fue apartar una mano porque pensó que le iban a pinchar un medicamento del que era alérgica" y no podía hablar; pero el juzgador rechaza este argumento.

Al respecto, precisa que por las características y el lugar en el que se encuentran las lesiones "no es lógico que pudiera originarse por un simple movimiento reflejo o inconsciente de la autora que casualmente las alcanzara". Además, los testimonios de las perjudicadas han sido "claros, terminantes y contundentes".

"El aprecio y la consideración a la función sanitaria por la importancia y la labor que desempeñan ha de existir siempre", señala la sentencia, en la que también se ha tenido en cuenta los testimonios de los policías locales y nacionales que actuaron en este caso.

 

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