El Juzgado de primera instancia nº 1 del Puerto de Santa María en la provincia de Cádiz acaba de homologar un acuerdo extrajudicial, que ha tenido lugar tras la tramitación de una demanda contenciosa por mala praxis médica, en autos de P. Ordinario 1173/20 a instancias de una paciente portuense contra un aclamado cirujano estético, en virtud del cual este acepta indemnizar, junto con su seguro de responsabilidad civil, Ama y Berkley, a una paciente como consecuencia de las nueve reintervenciones que precisó por la negligencia, teniéndose finalmente que realizar una cirugía reconstructiva con colgajos de piel de otra parte de su cuerpo.
La negligencia estriba en el uso indebido de un aparato llamado capsuloblast para prevenir una contractura capsular grave o de grado 4, cuando lo indicado hubiese sido la solución quirúrgica, y no los ultrasonidos, tal y como indica el Bufete Ortiz Abogados a través de una nota de prensa.
El acuerdo extrajudicial condena al cirujano estético a indemnizar a la paciente con 54.102,23 euros por los daños producidos por una operación de mamoplastia de aumento con deformidad.