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Archivan la denuncia al exalcalde de Carboneras Hernández por el derribo del colegio

Sobreseída provisionalmente la causa abierta tras la denuncia del PSOE por el derribo del antiguo colegio Simón Fuentes y el pabellón deportivo cubierto

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  • Salvador Hernández. -

El Juzgado de Instrucción 1 de Vera (Almería) ha acordado sobreseer provisionalmente la causa que abrió tras la denuncia del PSOE de Carboneras contra el exalcalde Salvador Hernández (Gicar) por el derribo del antiguo colegio Simón Fuentes y el pabellón deportivo cubierto adyacente después de que la Fiscalía no haya formulado acusación al considerar que, tras la "amplía investigación" efectuada, no ha quedado acreditado la existencia de infracción penal.

El auto, consultado por Europa Press, archiva el procedimiento abreviado ya que tampoco el PSOE, que ejercía acusación particular, ha solicitado la apertura de juicio oral ni contra Hernández, ni contra quien era entonces su teniente de Alcalde y concejal de Hacienda, Felipe Cayuela, ahora en el grupo municipal Carboneras Avanza.

El Ministerio Público indica que en el informe técnico de demolición constaba la mala situación estructural del colegio "dada su antigüedad y sometimiento al ambiente marino" y se advertía de la existencia de "problemas de seguridad al estar completamente abandonado y con los restos dejados por dos incendios que habían afectado a las instalaciones". El diagnóstico era el mismo para el pabellón deportivo.

Añade que, en su declaración, Salvador Hernández detalló que actuó "conforme" a los informes municipales y precisó que, en 2015, se aprobó en el presupuesto municipal una partida destinada a la demolición del colegio sin que se efectuase ninguna alegación" por parte del PSOE mientras que Cayuela subrayó que el derribo se aprobó en pleno en 2016 con "los propios técnicos de la Junta que aconsejaban hacerlo".

La Fiscalía, que recuerda que ya trasladó en 2020 al juzgado que no existían elementos suficientes para sostener una acusación por un presuntos delito de prevaricación, alude a un informe de la Intervención General del Estado que se oficio después para ver si existían "irregularidades" en el proceder de ambos.

En este informe aportado a la causa se concluye que el expediente de demolición "fue tramitado por razón de su cuantía como procedimiento negociado sin publicidad al que se presentaron cuatro licitadores" y se excluyeron tres por no acreditar "solvencia técnica".

En este punto, señala que esos requisitos mínimos debían haber sido fijados "por el órgano de contratación y no por técnico municipal", y que el licitador debía haber subsanado "deficiencias" en la documentación que podían haber dado lugar a que se declarase desierta la licitación, pero argumenta que hay que distinguir entre "irregularidades administrativas" y aquellas "que van más allá y pueden suponer un delito".

"En el presente procedimiento, la falta del expediente de ruina y los defectos en la documentación aportada por el licitados seleccionado, no conlleva necesariamente prevaricación ya que requiere la total conciencia de la ilegalidad de la resolución, lo que no ocurre en este procedimiento en que tanto el exalcalde como el concejal actúan en el convencimiento de que su actuación es conforme a derecho", concluye el fiscal.

En su denuncia, el PSOE carbonero relató que ambos "habían administrado deslealmente un bien público de titularidad municipal" y que una empresa privada estaba procediendo a la demolición "sin que se les hubiera informado de la misma, de sus trámites administrativos previos o de su declaración de ruina".

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