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Condena a tres años y ocho meses por abusar de la hija de seis años de su inquilina

Le hizo y le obligó a realizarle tocamientos en varias ocasiones en una caseta o una nave existentes en su inmueble

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  • Ciudad de la justicia de Málaga. -

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años y ocho meses de prisión a un hombre por abusar de la hija de su inquilina con seis años, a la que hizo y obligó a realizarle tocamientos en varias ocasiones en una caseta o una nave existentes en su inmueble. Además, se le impone otras medidas como alejamiento.

Según se declara probado en la sentencia de la Sección Tercera, que se dicta con la conformidad del acusado, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos sucedieron en fechas no precisadas, pero en cualquier caso entre diciembre de 2022 y abril de 2023. El procesado tenía arrendado desde septiembre una vivienda a una mujer.

El inmueble estaba en Málaga capital y él era vecino. El Tribunal considera que el hombre había llevado a cabo los abusos sexuales a la menor "prevaliéndose de las facilidades comisivas que le reportaba", en primer lugar "la muy menor edad de la hija de su inquilina, de seis años".

Pero también se aprovechó de "la incapacidad de esta para comprender y oponerse a conductas atentatorias contra su libertad sexual", así como de "la relación de confianza y cercanía física que suponía su antedicha condición de casero y vecino", señala la resolución.

Esto "permitía encuentros a solas con la niña dentro de su propiedad, en un número indeterminado de ocasiones, no inferior a diez, actuando con ánimo de satisfacer sus libidinosos deseos", le mostró sus partes íntimas, y en otras ocasiones, en torno a no menos de cinco, le realizó tocamientos a la menor, según la sentencia.

Por estos, hechos se le condenó por un delito continuado de agresión sexual, imponiéndole, además de la pena de prisión, otras medidas de seguridad, como el alejamiento de la niña a menos de 500 metros y la prohibición de comunicar con ella por cualquier medio durante cinco años.

Además, deberá cumplir una libertad vigilada en el mismo sentido que la anterior medida. En cuanto a la indemnización, el hombre debía pagar a la perjudicada la cantidad de 10.000 euros y no se hace más pronunciamiento al respecto de esta responsabilidad civil "al haberse abonado antes del comienzo de las sesiones del juicio oral".

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