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Despiden a un director de Cajasur por burlar los controles del blanqueo de capitales

El empleado estuvo al frente de la oficina de Estepona hasta julio de 2023, tiempo en que realizó reintegros de 413.254 euros de 84 clientes

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  • Una oficina de Kutxabank, que absorvió a Cajasur. -
  • Una auditoría interna de la entidad andaluza absorbida por la vasca Kutxabank comprobó estas "operaciones irregulares", algunas de ellas con Gibraltar
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el despido disciplinario del director de una oficina de Cajasur Banco S. A., después de que una auditoría interna de la entidad demostrara que había realizado "operativas irregulares", por importe de 413.254 euros, fondos que procedían de 84 clientes, y había burlado los controles de blanqueo de capitales.
 
El empleado llevaba trabajando para Cajasur desde enero de 2006, fecha en la que fue contratado por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba -Cajasur-. Su contrato se subrogó, posteriormente, tras el proceso de reestructuración de dicha entidad financiera, con intervención del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), con efectos el 1 de enero de 2011. Su salario anual era de 58.448 euros, y el último centro de trabajo donde había prestado servicio se encuentra en Estepona. 
 
Según la sentencia de la Sala de lo Social del TSJA, el 5 de mayo de 2023 se emitió informe de auditoría de la oficina en la que trabajaba el despedido, cuyo objetivo principal "era dar aseguramiento razonable sobre el sistema de control implantado en actividades relevantes desarrolladas en la misma". 
 
A partir de las pruebas de auditoría realizadas para evaluar el procedimiento de concesión de riesgos, se detectó la existencia de una posible "operatoria irregular en la tramitación y formalización de préstamos hipotecarios" en los que intervino, que dio lugar, posteriormente, a un trabajo de investigación especial. 
 
En los meses de marzo, abril y mayo de 2023, y en presencia del director de la zona, los auditores solicitaron aclaraciones al actor y a distintos empleados de la oficina sobre determinadas operaciones tramitadas y concedidas en la propia oficina.
 
PAGOS POR SUPUESTOS SERVICIOS DEL PROPIO BANCO
 
El informe de la auditoría interna se emitió en fecha 8 de junio de 2023,  y se llegó a la conclusión general de que desde 2021 el actor realizó 204 reintegros irregulares por un total de 324.900,25 euros en las cuentas de 84 clientes de la entidad con el objetivo de obtener efectivo de los clientes, simulando así que realizan pagos por supuestos servicios del propio banco y por servicios legales de dos intermediarios inmobiliarios.
 
La entidad comenzó a sospechar por la falta de presencia de los clientes en la oficina y la inexistencia de facturas o justificantes de estos servicios. Mediante la auditoría interna fue imposible determinar el destino de la cantidad citada, ya que el actor sacó físicamente el efectivo de la oficina.
 
Así, los investigadores de Cajasur detectaron que el director realizó 200 reintegros por un total de 317.828,25 euros y 62 ingresos por un total de 95.426,17 euros en efectivo desde su puesto de dirección y con su número de usuario, sin que desde ese puesto tuviera reciclador ni efectivo asignado. Dichas operaciones, que implican manipulación de dinero en efectivo, están asignadas a los puestos de caja, que cubren con equipos las medidas de seguridad obligatorias. 
 
Además, la oficina en la que prestaba sus servicios tenía suspendido temporalmente el servicio de caja desde el 24 de enero de 2023, debido a reformas realizadas en la misma. El fallo señala que incluso con esa prohibición, desde dicha fecha y hasta marzo de 2023, el director realizó 27 reintegros en efectivo por un total de 33.340 euros. Tampoco, más de 50 operaciones de intermediación inmobiliaria fueron comunicadas, por lo que se eludieron también los controles y límites establecidos por la entidad andaluza. 
 
TRANSFERENCIAS A GIBRALTAR
 
Por otro lado, se constató por la auditoría que desde 2022 el empleado bancario realizó desde su puesto 34 transferencias transfronterizas a la sociedad UNIVERSAL IN IURE (domiciliada en Gibraltar), registrando intencionadamente el código de país del Reino Unido en vez del de Gibraltar, código incorrecto que intencionadamente informó a sus compañeros. 
 
Las mismas supusieron un importe total de 238.259 euros, por lo que se eludireon los controles establecidos por la Unidad de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (UPBCFT) de Cajasur, en todas las transferencias dirigidas a dicho territorio.
   
El informe de la auditoría interna concluye que el actor registró intencionadamente datos, presuntamente falsos, en 5 préstamos hipotecarios para conceder las operaciones al amparo de sus atribuciones de riesgo. Todo ello sin autorización ni conocimiento de la entidad, al haber registrado fondos propios no reales de los clientes, destino de financiación incorrecto, y ocultación de la verdadera condición de una cliente, "con el objetivo de conceder él mismo las operaciones para las que no tenía atribuciones de riesgo". 
 
Por último, señala el informe, que el directivo bancario de Estepona incumplió conscientemente las instrucciones directas de la Unidad de Blanqueo de Capitales, levantando sin autorización el bloqueo de ingresos establecido por este departamento sobre la cuenta de una empresa, "permitiendo así recibir en la cuenta un ingreso por transferencia de 41.000 euros, bloqueando de nuevo la cuenta con posterioridad, sin que figure ningún tipo de justificación de la operación y del origen de estos fondos". 
 
Este informe, así como la declaración de varios testigos han servido para que en abril de este año se dictase sentencia por el Juzgado de lo Social número 14, en cuyo fallo, de fecha de julio de 2023se calificaba como procedente el despido del trabajador por falta de confianza y transgresión de la buena fe contractual.
 
Se trató de "una conducta del trabajador que con ocultación realizaba operaciones que implicaban la voluntad y el conocimiento y consentimiento de los clientes, cuando realmente esto no era así, y dichos clientes no tuvieron noticia ni conocimiento de las mismas hasta que no se les puso de manifiesto por la propia entidad demandada en el transcurso de las investigaciones", dicen los magistrados. 
 
Ahora el TSJA, con sede en Málaga, confirma el despido disciplinario, que puede ser recurrido en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

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