Málaga

Exclusiva

Multa de 6.000 euros por abusar de la novia de su amigo durante una cena en un restaurante

La Audiencia Provincial de Málaga da credibilidad a la víctima, que aseguró que el procesado le dio un beso y tocó el glúteo en los aseos del local

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Ciudad de la Justicia. -
  • El hombre, exonerado del ingreso en prisión, negó los hechos y dijo que la denuncia se hizo para "llamar la atención de su pareja"
Un hombre, sin antecedentes penales, ha sido condenado como autor de un delito de abusos sexuales cometido en el año 2021 contra una mujer, con la que había compartido una cena en un restaurante de la capital, y a la que, según el fallo judicial, realizó tocamientos cuando estaban en la zona de los baños del establecimiento hostelero,
 
La justicia le impone la pena de una multa de 20 meses, a razón de 10 euros diarios (6.000 euros en total), una indemnización de otros 2.000 euros por daños morales, y la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros, en su lugar de trabajo o residencia.
 
Los hechos fueron enjuiciados por el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga, y ahora la Sección Primera de la Audiencia Provincial confirma la condena en todos sus términos. 
 
Según el fallo, en una hora indeterminada de la noche del 9 de septiembre de 2021, la mujer, junto a su entonces pareja, acudieron al establecimiento de la ciudad de Málaga en el que habían quedado para cenar junto con otros amigos.
 
A ese encuentro acudió también el acusado, sin antecedentes penales y en situación de libertad por esta causa, el cual iba también acompañado de su pareja. Al encuentro gastronómico estaban citadas otras dos parejas más.
      
Durante el desarrollo de dicha cena, la mujer se levantó de la mesa sobre las 1:30 horas del 10 de septiembre, para acudir a la zona de los aseos de dicho local, levantándose posteriormente el acusado que también fue a dichos servicios. Cuando la denunciante salió de la zona del baño, se encontró con el acusado en el área común de dichos aseos, sin que estuviera presente ninguna otra persona.

Fue en ese momento, según la sentencia, cuando el procesado aprovechó para abalanzarse sobre ella con ánimo libidinoso, y tratando de darle un beso en la boca, a lo que ella se opuso empujando al mismo. Sin embargo, éste en varias ocasiones le pidió que le diera un beso, no aceptando la perjudicada, por lo que el acusado la agarró de los hombros, la acercó hacia él logrando besarla contra su voluntad. 
 
En el fallo condenatorio se recoge que el acusado le dijo: "Por favor dame un beso, estás muy buena", para seguidamente, comenzar a tocarle el trasero diciéndole: "Cógela, dame un beso, cógela, estás buenísima". Simultáneamente la mujer vio cómo el acusado tenía su miembro viril fuera de los pantalones, empujándolo y marchándose de nuevo a la zona de la mesa en la que se encontraban cenando todo el grupo de amigos.
      
Tras sentarse la mujer junto a su pareja, el acusado volvió después y se sentó junto a ella, colocando una mano en la pierna de ésta. Una vez que finalizó la velada, la víctima "se marchó con su pareja en su vehículo, y comenzó a llorar".  Como consecuencia de estos hechos, sufrió estrés que le ha provocado una grave interferencia en el normal desarrollo de sus actividades diarias.  
 
DECLARACIÓN DE TESTIGOS EN LA CENA
 
Tanto en la vista oral, celebrada a finales del 2024, como en el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria del Juzgado de lo Penal 5, la defensa del hombre mantuvo su inocencia ya que, menos la ahora expareja de la denunciante, todos los demás asistentes a la cena manifestaron que no observaron nada en el comportamiento de la denunciante, ni del denunciado.
 
Solicitó por ello su absolución porque "ninguno de los testigos corroboran la versión de la denunciante, que es material y humanamente imposible asegurar que el acusado cometiera el rocambolesco delito del que se le acusa para el que no se ofrece razón o motivo alguno". Afirmó que tenía con la denunciante una relación completamente normal de varios años, así como con el resto de los asistentes al encuentro. 
 
Respecto a los motivos de la denuncia su letrado agregó que no estaban claros, y que "podrían estar relacionados con problemas de convivencia con su pareja".
 
La Fiscalía mantuvo su acusación y petición de condena por considerar que los actos protagonizados por el acusado (abrazarla, besarla, y tocarle el trasero) eran de naturaleza sexual y en contra de la voluntad de la víctima denunciante, un relato que los tres magistrados de la Audiencia Provincial aceptaron.
 
Finalmente, sobre la proporcionalidad de la pena impuesta, la Sección Primera recuerda tras el recurso de apelación que la juzgadora de lo Penal "ha impuesto una pena de multa en lugar de pena de prisión, fijando el importe de la cuota diaria de la multa en diez euros, que se considera ajustado a la capacidad económica del acusado". La sentencia es firme al no haber sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN

Sin rival: Málaga es la provincia de Andalucía donde se constituyen más empresas
Cuatro condenados por traficar con drogas a través de una empresa de mensajería en Málaga
Visítanos en Facebook
Visítanos en X
Visítanos en Linkedin
Visítanos en Instagram
Recibe tu periódico a través de Whatsapp
Visítanos en TikTok
RSS
NEWSLETTER