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Torremolinos

Condenan a tres años de prisión a un hombre por apuñalar a otro tras un enfrentamiento en un bar

Los hechos sucedieron en abril de 2002, cuando el acusado, de nacionalidad británica, estaba en un bar junto con otras personas con las que viajaba

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La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a tres años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa tras apuñalar a otro con el que había mantenido una discusión y un enfrentamiento en un bar de la localidad malagueña de Torremolinos. Además, deberá indemnizar a la víctima con 169.044,38 euros.

   Los hechos sucedieron en abril de 2002, cuando el acusado, de nacionalidad británica, estaba en un bar de Torremolinos junto con otras personas con las que viajaba. En un momento determinado llegó con otro amigo la víctima, un ciudadano marroquí, para saludar a los empleados, que habían sido sus compañeros de trabajo.

   En ese momento, el ciudadano marroquí oyó decir en inglés al acusado insultos y frases racistas. Se sentó en la terraza del local, mientras que el procesado estaba en la barra y comenzó a increparle, llegando, incluso, a lanzarle un vaso. Esto provocó una respuesta por parte de la víctima, que le tiró otro, dándole en la cabeza.


   Después de esto, el acusado, junto a sus amigos, salió en busca de la víctima, quien trató de escapar, aunque, finalmente, fue alcanzada, sufriendo numerosos golpes de los amigos del acusado y diversas puñaladas por parte de éste último, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

   La víctima sufrió numerosas heridas cortantes y contusiones, que le han dejado varias secuelas y por las que estuvo ingresado en dependencias hospitalarias durante 12 días, "con grave riesgo para su vida", más otros 273 en los que ha estado impedido para sus ocupaciones.

   Por esto, la Sala condena al acusado a indemnizar a la víctima con 169.044,38 euros. Para pagar esta cantidad, se ordena que se destinen los 6.171,22 euros que fueron requisados al acusado. La sentencia, en la que concurre la atenuante de confesión y reparación del daño, se dicta con la conformidad del procesado.

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