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Miércoles 03/07/2024  

Huelva

Multan con casi 1.500 euros por cazar liebres con galgos en un coto sin autorización del titular

El juez considera probado que los acusados el 22 de agosto de 2011 fueron sorprendidos por el guarda de la finca, señalizada con carteles que informan de que se trata de 'coto privado de caza'

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El Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado al pago de una multa que asciende a la cantidad de casi 1.500 euros a cuatro individuos por un delito contra la fauna, al cazar liebres con galgos en un coto sin autorización del titular, un coto ubicado en el término municipal de Gibraleón y teniendo en vigor el correspondiente plan técnico cinegético.

   Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia ha decidido dictar sentencia condenatoria e interponer a los acusados una multa de cuatro meses con cuota diaria de tres euros, así como la inhabilitación especial para el ejercicio de la caza por tiempo de un año, después de estimar un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal a la sentencia absolutoria sobre este caso que dictó el Juzgado de lo Penal número 2 con fecha del pasado 24 de octubre.

   El juez considera probado que los acusados el 22 de agosto de 2011 fueron sorprendidos por el guarda de la finca, señalizada con carteles que informan de que se trata de 'coto privado de caza', mientras cazaban liebres. Por ello, los hechos fueron denunciados ante la Guardia Civil.

   En el lugar se personaron agentes de la Benemérita quienes observaron el momento en que los acusados desarrollaban la técnica de caza de correr los galgos, utilizando dos perros para perseguir y batir liebres, observando el momento en el que los acusados lograban cazar una liebre. Tras ser identificados los acusados, uno de ellos lanzó la liebre que portaba que había sido cazada momentos antes.

   No obstante, en un primer momento el juez de lo Penal entendió que tal realidad no era susceptible de delito, por lo que dictó sentencia absolutoria.

   Finalmente, el Ministerio Fiscal apeló esta sentencia y sostuvo que los acusados deberían haber sido condenados como autores de un delito contra la fauna, basando su petición en que la caza se produce dentro de un acotado sin autorización del titular del mismo y que su caza estuviera en periodo de veda.

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