El tiempo en: Málaga

Almería

Condenada por acuchillar a la novia de su expareja alega ante el TS que no pretendía matarla

La procesada presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el fallo de la Audiencia Provincial de Almería e interesó la aplicación del eximente de enajenación mental transitoria

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai

Una mujer condenada a siete años de cárcel por acuchillar a su exnovio y a la pareja de éste ha alegado ante el Tribunal Supremo que su estado mental se encontraba "completamente alterado y sin resortes de autocontrol" y que no abrigaba la intención de matarla.

   La procesada presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el fallo de la Audiencia Provincial de Almería e interesó la aplicación del eximente de enajenación mental transitoria, alegando que "su estado mental se encontraba completamente alterado y sin resortes de autocontrol", así como que las lesiones que presentaba la novia de su expareja "se produjeron en un acto defensivo y no de forma premeditada y agresiva".

   Sin embargo, el alto tribunal ha considerado probado que el día 24 de marzo de 2012 Isabel V.N. "a sabiendas" de que ese día su expareja Juan y su actual novia acudirían al centro de acogida a visitar a la hija de ambos, se escondió "en las proximidades del centro" y esperó a que salieran. A la salida del centro, les salió al paso y con "el pretexto de encontrarse mal" consiguió que le subieran al coche para ser trasladada a algún lugar donde pudieran prestarle auxilio.

   En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, la Sala de lo Penal del Supremo sostiene que, una vez se había ubicado en el asiento trasero, justo detrás del copiloto, la procesada sacó de su bolso un cuchillo de 16 centímetros de hoja y "sin mediar palabra, de forma sorpresiva, con intención de causarle el mayor mal posible, incluida la muerte" asestó a la novia de su expareja "diversas puñaladas", al tiempo que gritaba: "Os tenía que matar y os mato".

   En aquel momento, su expareja paró el vehículo que había circulado escasos metros y la sujetó la mano para que soltara el cuchillo, sin embargo Isabel V.N. consiguió clavárselo en el muslo derecho. Los dos salvaron la visa gracias a la "rápida" asistencia médica, pero la mujer quedó incapacitada para ejercer su profesión con una minusvalía del 37 por ciento.

   Como consecuencia de los hechos relatados, la Audiencia Provincial de Almería condenó a Isabel V.N. a la pena de cinco años y medio cárcel por la comisión de un delito de asesinato en grado de tentativa, así como a un año y medio de prisión por otro delito de lesiones consumadas con la concurrencia en ambos de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de arrebato, como muy cualificada.

   En cuanto a la responsabilidad civil, la Audiencia Provincial de Almería sentenció que Isabel V.N. debía indemnizar a su expareja con la cantidad de 690 euros y a la novia de este con la de 33.856 euros.

"INTENCIONALIDAD"

   El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia, indicando que "quien puso en marcha el riesgo" para la víctima fue Isabel V.N. y señalando que las palabras proferidas por la acusada -- "Os tengo que matar y os mato" -- denotan igualmente la "intencionalidad".

   Por último, el alto tribunal ha esgrimido que en el acto del juicio oral los doctores, neurólogo y psiquiatra, determinaron que "no existió la pretendida alteración completa o anulación de los niveles de conciencia y autocontrol, pues se encontraba en condiciones de comprender la trascendencia de sus actos".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN