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Jueves 04/07/2024  

Cádiz

Una joven pareja gaditana logra deshacerse de la abusiva cláusula suelo

La sentencia del juzgado de lo Mercantil condena a la entidad bancaria a la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por el cliente en virtud de la aplicación de la cláusula nula a una joven pareja gaditana representada por el letrado José Luis Ortiz.

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz ha dictado sentencia de fecha 27 de abril de 2015 por la que estima íntegramente la demanda de acción de nulidad de la cláusula suelo, acordando su eliminación de la hipoteca, así como condena a la entidad bancaria a la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por el cliente en virtud de la aplicación de la cláusula nula a una joven pareja gaditana representada por el letrado José Luis Ortiz.

Los hechos se remontan al 14 de octubre de 2009 cuando una joven pareja gaditana compró su primera vivienda y   suscribió una hipoteca con la Caja de Ahorros de la Inmaculada de Aragón (CAI) con una cláusula suelo del 3,75%.

Realmente nadie en el banco le explicó a la pareja en qué consistía esta cláusula de interés mínimo. Todo lo contrario, tanto el empleado o comercial del banco como el Director del mismo le dijo en todo momento que estaba contratando un interés variable y que podía beneficiarse por tanto, de la bajada del Euribor. Cuando el realidad le estaban imponiendo una cláusula suelo del 3,75% que le impedía beneficiarse de la bajada del Euribor por parte del Banco Central Europeo.

El Notario con su pasividad  y falta de interés cuando le leyó la hipoteca tampoco le explicó realmente en qué consistía dicha cláusula suelo.

Es lo cierto que cuando a partir del 2009 el Euribor empezó a bajar, el cliente se dirigió a su Banco de toda la vida y le dijo que por qué le seguían aplicando un interés del 3,75%. Fue entonces cuando descubrió que tenía una cláusula suelo que el Banco se negaba a quitar pese a los numerosos requerimientos que el cliente le hizo.

Fue necesario la presentación de la correspondiente demanda. Cuando el Banco recibió la demanda se allanó íntegramente a la misma, reconociendo que la cláusula suelo que le había aplicado era ilegal.

La Sentencia va más allá y condena a quitar la cláusula suelo y  a devolver a los clientes las cantidades indebidamente abonadas en virtud de la aplicación indebida de la cláusula nula desde la interposición de la demanda el 18 de noviembre de 2014, cifrándose dicha cantidad en unos 2.000 euros.

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