La delegación de Playas ha dado a conocer a través de su perfil oficial en Facebook que durante el día de hoy, día 20 de julio, y como cada 15 días durante la temporada de playas, se van a llevar a cabo las analíticas de las aguas de baño de las playas del término municipal de Rota. Para tal fin, visita la localidad un técnico especializado de la Consejería de Salud que, en colaboración con el personal de la Delegación de Playas, recorre todas las playas de Rota tomando muestras de sus aguas.
Posteriormente estás muestras son analizadas por laboratorio adscrito a la Consejería y posteriormente se trasladan los resultados al Consistorio roteño, que ha valorado cómo los últimos resultados, con fecha del 22 de junio, revelan la calidad excelente de las aguas de baño del municipio. Los resultados de estas analíticas se hacen públicos en la página web municipal, en el apartado Vigilancia y control de la contaminación de las aguas de baño.
Control y vigilancia de la calidad de las aguas
Desde la Delegación de Playas del Ayuntamiento de Rota se llevan a cabo distintas actividades de control y vigilancia de la calidad de las aguas de baño y los vertidos generados en el entorno de las playas en cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento sobre vigilancia higiénico-sanitaria de las aguas y zona de baño de carácter marítimo, aprobado por el Decreto 194/1998 de 13 de Octubre.
Para el control de la contaminación de las aguas, se establece una serie de puntos de control, donde se realiza la toma de muestras. La Consejería de Salud elabora, a finales del mes de mayo de cada año, al inicio de la Temporada de Baño, un Informe sobre la Situación Higiénico-Sanitaria de las Aguas y Zonas de Baño de Carácter Marítimo de Andalucía. A partir de la temporada de baño, el Servicio Andaluz de Salud (SAS), realiza la toma de muestras de las aguas de las zonas de baño quincenalmente, contando para ello con el personal y medios de la Delegación de Playas, llevándose estas al Laboratorio para su análisis.
Una vez obtenido los resultados, se envía al Ayuntamiento una copia de estos informes, para su estudio y divulgación pública a través del Servicio de Información de la Playas, actuando en consecuencia. El Técnico de Calidad y Playas, a la llegada de los informes y/o de las analíticas, estudiará y tomará la decisión más oportuna, en función de los resultados obtenidos, y de los siguientes parámetros de control exigidos. Los parámetros de control microbiológico que se tienen en cuenta son: UFC (Unidades Formadoras de Colonias) de Enterococos intestinales y UFC de Escherichia coli. En cuanto al control macroscópico se tiene en cuenta el color, la presencia de aceites minerales, tensioactivos, residuos alquitranados y sólidos flotantes, olor a fenol y la transparencia.
La Delegación de Playas expone en cada módulo de atención al público copia de la documentación referente a las analíticas de aguas, los informes higiénico-sanitarios de las aguas y zonas de baño, así como de la señalización de los equipamientos de servicios públicos y las posibles limitaciones de uso que puedan existir, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Además de todo esto, también se realizan analíticas propias que controlan los Vertidos en Playas, los vertidos en el mar y la limpieza del agua de baño. En lo referente a los vertidos en la playa, se controla que las actividades realizadas por los visitantes no produzcan vertidos agresivos contra el medio ambiente. Para ello, se comprueba que los visitantes no empleen productos de higiene personal ni productos agresivos contra el medio ambiente, ni en la propia playa ni en las duchas o lavapiés. Que no se realicen baldeos ni limpiezas de los módulos y chiringuitos cuyas aguas vayan a parar a la arena. También se vigila el buen estado de las conducciones de agua de las diferentes instalaciones existentes en las playas, incluyendo tanto las propias del Ayuntamiento como las relacionadas con la actividad de empresas concesionarias o acontecimientos esporádicos.
Respecto a los vertidos en el mar, se controla que las embarcaciones, motos náuticas y otro tipo de vehículos, máquinas o equipos que se encuentran en zona de baño no realicen vertidos de sustancias peligrosas a las aguas (sustancias oleaginosas, combustibles u otros productos peligrosos). Además para la limpieza de Aguas de Baño se vigila la presencia de sólidos u organismos (medusas, mareas rojas, etc.) en las aguas de baño.