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Sevilla

Condenan a un empresario por la muerte de una recogedora de naranjas

A más de dos años de cárcel y al pago de una indemnización de 174.881 euros para las dos hijas de la fallecida

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Un juzgado de Sevilla ha condenado a dos años y medio de cárcel a un empresario por la muerte en el 2011 de una trabajadora durante la recogida de naranjas, y al pago de una indemnización de 174.881 euros para las dos hijas de la fallecida, que no estaba dada de alta y cobraba un euro por saco.

En una sentencia notificada hoy, a la que ha tenido acceso Efe y que es recurrible, el juzgado de lo penal 1 de Sevilla condena a Pedro R.L. por un delito contra los derechos de los trabajadores, por otro de homicidio imprudente y por lesiones imprudentes.

La mujer, con dos hijas, no había sido dada de alta en la Seguridad Social, cobraba un euro por saco de naranjas y murió después de caer de la escalera a la que se había subido para coger las frutas amargas en una calle de Triana.

El juzgado también condena al empresario a 4 años y 6 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio de carácter agrícola.

La indemnización fijada, si no la puede pagar el empresario, la deberá abonar subsidiariamente el Ayuntamiento de Sevilla porque permitió la recogida de naranjas a pesar de que había caducado la licencia para esa labor, según el juez Antonio Jesús Jiménez Álvarez.

En los hechos probados, el juez explica que el 16 de diciembre de 2010, el Ayuntamiento de Sevilla concedió al empresario una licencia de uso común especial y le autorizó para la recogida y aprovechamiento del fruto de los naranjos amargos de la vía pública del distrito Triana-Los Remedios.

Para ello, el empresario depositó el 22 de diciembre de 2010 una fianza de 1.800 euros y concertó un seguro de responsabilidad civil general con la entidad Mapfre para responder de daños a terceros y en bienes municipales.

La licencia caducó el 30 de enero de 2011 y no se renovó, a pesar de lo cual el empresario continuó con la recogida de las naranjas con el conocimiento y consentimiento del Ayuntamiento, que siguió verificando el cumplimiento de las condiciones de la recogida, según la sentencia.

El 8 de febrero de 2011, el empresario contrató a Carmen Machuca Bernal y dos días después a John Fernando González Posada para que recogieran naranjas, y el contrato se hizo de manera meramente verbal y en la misma vía pública, precisa el juez.

Al contratarlos, el empresario se limitó decirles que tenían que recoger las naranjas de los árboles subiendo a una escalera que él mismo les facilitó, indica la sentencia.

También les dijo que tenían que ir metiendo las naranjas en un chaleco de tela con aberturas laterales que también les facilitó para que se lo pusieran, y que luego tenían que bajar y meter las naranjas en un saco hasta llenarlo, y así sucesivamente.

Sobre las 14.00 horas del 10 de febrero, en la calle Azucena, la mujer, mientras estaba en la escalara cogiendo naranjas, cayó de espaldas, se fracturó el cráneo y quedó inconsciente, por lo que fue trasladada al Hospital Virgen del Rocío, donde murió el 29 de abril de 2011 por las lesiones que sufrió.

Dos horas después del primer siniestro se produjo el segundo accidente, tras el cual el trabajador tuvo que ser operado de una fractura de la muñeca y tardó 90 días en curarse, aunque aún padece limitación de la movilidad.

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