La Audiencia de Málaga ha condenado a 19 años de cárcel al hombre declarado por un jurado popular culpable de acabar con la vida de su pareja en un aparcamiento de la localidad malagueña de Alhaurín de la Torre en 2009. Además, deberá indemnizar a los familiares con 275.000 euros.
El jurado popular acogió las tesis de la Fiscalía y de las dos acusaciones particulares, en representación de la familia de la víctima, y declaró al acusado culpable de un delito de asesinato, con la circunstancia que agrava la pena de parentesco.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y que se dicta ahora tras el veredicto de un jurado, se indica que entre la víctima y el acusado existía una relación de pareja y que el día 12 de marzo de 2009 hubo una discusión previa entre ambos, en la que ella, "al sentir miedo de él", salió precipitadamente de la vivienda para huir y pedir auxilio en un aparcamiento próximo.
Pero, sigue la resolución, la mujer fue alcanzada por el acusado "y arrastrada hasta un lugar apartado --poco transitado y de escasa visibilidad-- de dicho parking, golpeando el acusado a la víctima con un palo de madera en la cabeza y de forma contundente, con ánimo de matarla". De hecho, esto le provocó un traumatismo craneoencefálico "que le produjo la muerte".
Asimismo, se declaró probado y recoge la sentencia que el acusado, para ocultar el cuerpo, lo tapó con varios plásticos. La agresión se produjo "de forma inesperada para la víctima, produciéndose los golpes de forma súbita, sorpresiva y sin posibilidad alguna de defensa para la mujer y sin riesgo alguno para la integridad física del acusado".
Para llegarse al veredicto de culpabilidad del acusado, el magistrado-presidente considera que los miembros del Tribunal popular tuvieron en cuenta "un amplio abanico de indicios, plenamente acreditados a lo largo del juicio, cuyo enlace, número y contundencia, les permite concluir que el acusado fue el autor", señala la resolución.
Así, se basaron, entre otros aspectos, en la geolocalización de los teléfonos móviles del hombre y de la víctima el día de los hechos, siendo esta una "prueba fundamental". Asimismo, también tuvieron en cuenta las declaraciones de anteriores parejas del procesado "ratificando el carácter agresivo, controlador, celoso y posesivo".
Además, los miembros del jurado hicieron referencia "a las mentiras y contradicciones" del procesado y al hecho de que el cadáver careciera del ropa interior "lo que se vincula con el carácter fetichista del acusado, a la vista de las numerosas prendas de ropa interior femenina encontradas en los registros practicados" en sus inmuebles.
Tras leerse el veredicto, el magistrado acordó el ingreso en prisión del hombre al solicitarlo tanto la Fiscalía como la representación de la hija de la víctima y de los hermanos, dirigida por el letrado José Lorenzo Segovia. Ahora en la sentencia se acuerda mantener esta situación.