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Condenado por tirar un vaso a la cara de un hombre al que insultó

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la condena y desestima el recurso presentado por la defensa

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  • Sede del TSJA. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta a un hombre por tirar un vaso a la cara de otro, con el que se había estado metiendo durante mucho tiempo antes y que también le tiró objetos, aunque resultó absuelto por su acción. Así, se desestima el recurso de apelación presentado por la defensa.

Según se declaró probado el acusado regentaba en 2017 un bar del que la víctima era cliente habitual. Un día, llegó este y en un momento dado el procesado comenzó a meterse con él, sabiendo su procedencia argentina, diciéndole que "no le gustaban los argentinos, que le daban asco".

Así estuvo durante un par de horas, ante lo que el cliente, "harto de aguantar los improperios del acusado", decidió marcharse. Pero, cuando cogió el coche, golpeó sin querer a otro vehículo, por lo que entró de nuevo al bar y, "muy excitado por lo ocurrido anteriormente, lanzó dos vasos contra el acusado", que estaba detrás de la barra, sin hacerle daño.

No obstante esto motivó que el acusado reaccionara y "lanzara a su vez un vaso de vidrio contra el rostro" del cliente a escasa distancia, el cual impactó y se rompió en la cara de éste, produciéndole diversas heridas y lesiones en la zona de la boca y del labio, así como la pérdida de varios dientes.

La sentencia de la Audiencia de Málaga absolvió a la víctima, pero condenó al otro por un delito de lesiones con las circunstancias que atenúan la pena de legítima defensa e embriaguez, imponiéndole un año y medio de prisión y una indemnización de unos 12.800 euros por las heridas y secuelas.

Para el TSJA, "sí que existió provocación por parte del acusado, ya que no se considera normal ni lógico que durante un dilatado espacio de tiempo permaneciese el acusado lanzando improperios frente al cliente por la nacionalidad del mismo".

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