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Viernes 19/04/2024  

Málaga

Confirman condena a un hombre por abusar a una niña a la que metió en su quiosco

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma la condena de tres años de cárcel al hombre por los hechos que ocurrieron en Marbella

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  • Ciudad de la Justicia Málaga. -
  • El acusado estaba en el interior del quiosco que regenta en una playa de Marbella cuando invitó a pasar dentro a la menor, que tenía seis años
  • Le ofreció gratis un helado y dos piruletas y,
  • No se puede comunicar ni aproximar a la víctima a una distancia inferior a 500 metros y se le impone una indemnización a la víctima de 3.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de tres años de cárcel impuesta a un hombre por un delito de abusos sexuales a una menor, a la que enseñó e hizo que tocara sus partes íntimas en el interior de su quiosco en la localidad malagueña de Marbella. También se ratifica la indemnización a la víctima con 3.000 euros por daños morales.

Así, el alto Tribunal andaluz rechaza el recurso presentado por la defensa del hombre y confirma la sentencia dictada en su día por la Audiencia de Málaga, que declaró probado que en agosto de 2017, el acusado estaba en el interior del quiosco que regenta en una playa de Marbella cuando invitó a pasar dentro a la menor, que tenía seis años.

Así, una vez dentro, le ofreció gratis un helado y dos piruletas y, "guiado del propósito de obtener una satisfacción sexual", según precisa la resolución, le exhibió sus partes íntimas e hizo que las tocara, "no habiendo quedado suficientemente acreditado por cuánto tiempo y de qué concreta forma".

Esta situación se paró súbitamente minutos después cuando la pequeña oyó la voz de su madre que la estaba buscando y que, al verla dentro del kiosco junto al acusado, le dijo que saliera de allí para que no molestara, ya que todavía ignoraba lo que había pasado dentro, señala la sentencia ahora confirmada.

Además de la pena de prisión y la indemnización, se le impone la prohibición de comunicar y aproximarse a la víctima en cualquier lugar durante ocho año a distancia inferior a 500 metros y la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores por un tiempo de seis años.

Tanto la Audiencia malagueña como el TSJA dan validez a la declaración de la menor, que "experimenta una intensa vergüenza e incomodidad por lo sucedido; se da perfecta cuenta de que lo que pasó es algo reprochable" y "se siente en parte culpable, lo que explica que silenciase a su madre la parte del suceso que no ignora es la más grave y que solo la revelará más tarde".

La Sala de apelación considera que "frente a la consistencia y credibilidad del relato de la menor, no cabe contraponer en pie de igualdad la versión exculpatoria del acusado", que es "pletórica de contradicciones entre sus sucesivas declaraciones y con la prestada en juicio".

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