El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena de 20 años y seis meses impuesta al exmarido de Rosa Galera, quien murió asesinada en Fines (Almería) en mayo de 2011, al estimar que la pena por tenencia ilícita de armas fue "arbitraria" por no tener en cuenta que fue su "propia declaración" la "única razón" por la que pudo ser considerado culpable de este delito. Le impone, así un año de cárcel frente a los dos años y seis meses que fijo la Audiencia Provincial de Almería.
El Alto Tribunal, que no modifica sin embargo la pena de 19 años por asesinato para Óscar P.F., sí rebaja de 30 a seis meses de cárcel la condena a Francisco Javier R.F. ya que sostiene que "más que encubrir" a su amigo al no revelar el crimen y proporcionarle "las herramientas idóneas" para el enterramiento del cadáver, "en realidad, le ayudó con actos de cooperación eficaz aunque no imprescindibles a autoencubrirse".
La sala de lo Penal y Civil estima parcialmente los recursos de apelación de las defensas en un fallo en el que, no obstante, califica de ajustada la pena por el delito de asesinato dado --subraya-- "que no sólo hubo una muerte alevosa, sino un ataque especialmente agresivo y despreciable".
"Ha de tenerse en cuenta que tras disparar a la víctima en el abdomen, tomó la decisión de cambiar de arma, coger un cuchillo y degollarla, lo que expresa una especial agresividad, cercana al ensañamiento", asegura para advertir de que, incluso, "puede ser merecedora de mas pena sin tener en cuenta además los antecedentes penales" de Óscar P.F., que, si bien no era computables, sí pueden ser consideradas como "circunstancias personales del delincuente".
Para modificar la sentencia dictada por la Sección Tercera después de que un jurado popular declarase culpables a ambos procesados, el TSJA argumenta en el caso del asesino de Rosa Galera que en los hechos probados "sólo se dice" sobre la tenencia ilícita de armas que tomó un arma de fuego "de fabricación artesanal, montada con proyectiles tipo cartucho de 12 milímetros con perdigones de 9ª categoría".
"Esto se basa en la propia declaración de acusado y en puridad debió ser apreciada como una atenuante de confesión. Se trataría pues de una pena arbitraria o basada en inatendibles razones", ahonda.
La resolución, hecha pública este miércoles por el Alto Tribunal andaluz, recoge con respecto al encubridor, quien fue condenado inicialmente a dos años y seis meses de cárcel, que el hecho de que conociese "aquella mañana que Óscar había matado a su esposa y no denunciarlo pese a saber que se estaba buscando a Rosa como desaparecida, podría ser reprochable moralmente pero no constituye delito".
"Se prestó a ofrecer algo que precisaba para realizar el enterramiento con prontitud y alejar sospechas, en concreto el transporte hacía el lugar donde Óscar tenía las herramientas necesarias y el transporte a un segundo vehículo desde el lugar donde dejo abandonado el de la víctima una vez extrajo de él su cuerpo para enterrarlo. Es una conducta no imprescidible", subraya.
El veredicto señaló que Óscar P.F. preparó a primera hora de la mañana del 30 de mayo de 2011 el asesinato y que, con la "clara finalidad de acabar con su vida", tomó una pistola de fabricación artesanal y una navaja antes de abordar a la víctima en un polígono industrial por el que circulaba en coche.
Declaró probado que el acusado estaba en posesión de sus facultades cuando, una vez en el interior del vehículo, disparó a Rosa Galera a la altura del abdómen para posteriormente degollarla y acabar así con su vida.
Tras el crimen, ocultó el cuerpo en el maletero, acudió a su casa a cambiarse de ropa y solicitó ayuda a un amigo para deshacerse del cuerpo en una cueva localizada en un paraje "inhóspito y deshabitado" del municipio de Tabernas y desprenderse del coche de la mujer, que fue hallado en el barrio de El Puche de la capital de Almería.