Dan el visto bueno para la declaración de la peña como monumento natural de Andalucía
Así lo decide unánimemente el Parlamento previamente a su aprobación por la Junta
El Parlamento andaluz ha aprobado por unanimidad de su Comisión de Medio Ambiente una proposición no de ley presentada por el Grupo Socialista en la que se insta al Gobierno de la Junta a declarar la Peña de Arcos como Monumento Natural.
La parlamentaria socialista gaditana María Cózar, impulsora de la proposición no de ley, ha expresado su satisfacción por el respaldo unánime a la misma, al tiempo que ha destacado que “la declaración tendrá una enorme importancia con vistas a garantizar su propia conservación y la pervivencia de sus valores naturales y paisajísticos. Pero, al tiempo, conllevará un importante respaldo a la estrategia del Ayuntamiento de apostar por el sector del turismo y de la puesta en valor de sus recursos naturales y patrimoniales como un elemento económico de primer nivel al servicio de un desarrollo sostenible que es una referencia y un ejemplo imitado en muchas partes de España y de Europa”.
Cózar ha hecho especial hincapié en la “plena colaboración y la absoluta coordinación que el Ayuntamiento y especialmente su alcaldesa, Josefa Caro, ha mantenido con el Grupo Parlamentario Socialista. Porque la alcaldesa y los parlamentarios socialistas hemos ido de la mano en este asunto, con el objetivo de conseguir que el Parlamento se pronunciase en una materia de tanta importancia para el municipio y que se implicara directamente al Gobierno de la Junta de Andalucía”.
La proposición no de ley recuerda en su exposición que el Estatuto de Autonomía establece que la Comunidad Autónoma Andaluza tiene las competencias en materia de Espacios Naturales Protegidos y que el Ayuntamiento de Arcos ya inició los trámites para la declaración de la Peña como Monumento Natural dentro de la categoría de Geológico, en virtud de un expediente tramitado al amparo de la Ley estatal 4/1989 de 27 de marzo de Conservación de Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestre, por la que los Monumentos Naturales se consideran Espacios Naturales Protegidos y se definen como “espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza, que merecen ser objeto de una protección especial, así como las formaciones geológicas que reúnan un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales o paisajísticos”.
La propia redacción de la proposición no de ley recoge que esa ley de ámbito estatal “se refuerza con la aprobación del Decreto 225/1999 de 9 de noviembre, y se establece una clasificación de Monumentos Naturales de carácter geológico, biótico, geográfico, ecocultural o mixto”, y recuerda que “el Consejo Provincial de Medio Ambiente ha dado, con fecha de diciembre de 2010, su aprobación al expediente iniciado por el Ayuntamiento de Arcos para que la Peña sea declarada Monumento Natural”.
Igualmente, la propuesta destaca que “la Peña de Arcos tiene una serie de valores conocidos que la hacen merecedora de este reconocimiento. A sus pies, el río Guadalete declarado de Interés Comunitario por los valores naturales y medioambientales que tiene, y la corona el Casco Antiguo, que cuenta con un Plan Especial de Protección por el carácter de sus construcciones”.
Las principales características de la Peña, y así quedan recogidas en la proposición no de ley, son “su curiosidad geológica, formada a base de calizas denominadas 'Caliza tosca de Arcos de la Frontera', datadas en el paso del tortoriense al Andaluciense que aparecen, también, en Vejer y Carmona, siendo las más antiguas las de Arcos. Pudieron constituir barras costeras o barras ubicadas en altos fondos. El origen de la Peña desde el punto de vista morfogeológico está claramente unido a la erosión producida por el Guadalete. Interés paisajístico doble: por un lado, importancia como elemento singular respecto del paisaje circundante, y por otro, incuestionable mirador natural hacia la Campiña y la Sierra de Cádiz. Valores ecológicos: el principal valor ecológico es su población de cernícalos, tanto el común como el primilla. Y su cultura asociada: manifestada en todas las artes: literatura, pintura, arquitectura, cine y fotografía”.
En definitiva, según ha explicado la parlamentaria, “de lo que se trataba en esta proposición no de ley, y así se ha conseguido era dar oficialidad a una situación que nadie era capaz de dudar, como es que la Peña de Arcos es un verdadero monumento natural y que así debe ser catalogado y protegido”.
La parlamentaria socialista gaditana María Cózar, impulsora de la proposición no de ley, ha expresado su satisfacción por el respaldo unánime a la misma, al tiempo que ha destacado que “la declaración tendrá una enorme importancia con vistas a garantizar su propia conservación y la pervivencia de sus valores naturales y paisajísticos. Pero, al tiempo, conllevará un importante respaldo a la estrategia del Ayuntamiento de apostar por el sector del turismo y de la puesta en valor de sus recursos naturales y patrimoniales como un elemento económico de primer nivel al servicio de un desarrollo sostenible que es una referencia y un ejemplo imitado en muchas partes de España y de Europa”.
Cózar ha hecho especial hincapié en la “plena colaboración y la absoluta coordinación que el Ayuntamiento y especialmente su alcaldesa, Josefa Caro, ha mantenido con el Grupo Parlamentario Socialista. Porque la alcaldesa y los parlamentarios socialistas hemos ido de la mano en este asunto, con el objetivo de conseguir que el Parlamento se pronunciase en una materia de tanta importancia para el municipio y que se implicara directamente al Gobierno de la Junta de Andalucía”.
La proposición no de ley recuerda en su exposición que el Estatuto de Autonomía establece que la Comunidad Autónoma Andaluza tiene las competencias en materia de Espacios Naturales Protegidos y que el Ayuntamiento de Arcos ya inició los trámites para la declaración de la Peña como Monumento Natural dentro de la categoría de Geológico, en virtud de un expediente tramitado al amparo de la Ley estatal 4/1989 de 27 de marzo de Conservación de Espacios Naturales y de Flora y Fauna Silvestre, por la que los Monumentos Naturales se consideran Espacios Naturales Protegidos y se definen como “espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza, que merecen ser objeto de una protección especial, así como las formaciones geológicas que reúnan un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales o paisajísticos”.
La propia redacción de la proposición no de ley recoge que esa ley de ámbito estatal “se refuerza con la aprobación del Decreto 225/1999 de 9 de noviembre, y se establece una clasificación de Monumentos Naturales de carácter geológico, biótico, geográfico, ecocultural o mixto”, y recuerda que “el Consejo Provincial de Medio Ambiente ha dado, con fecha de diciembre de 2010, su aprobación al expediente iniciado por el Ayuntamiento de Arcos para que la Peña sea declarada Monumento Natural”.
Igualmente, la propuesta destaca que “la Peña de Arcos tiene una serie de valores conocidos que la hacen merecedora de este reconocimiento. A sus pies, el río Guadalete declarado de Interés Comunitario por los valores naturales y medioambientales que tiene, y la corona el Casco Antiguo, que cuenta con un Plan Especial de Protección por el carácter de sus construcciones”.
Las principales características de la Peña, y así quedan recogidas en la proposición no de ley, son “su curiosidad geológica, formada a base de calizas denominadas 'Caliza tosca de Arcos de la Frontera', datadas en el paso del tortoriense al Andaluciense que aparecen, también, en Vejer y Carmona, siendo las más antiguas las de Arcos. Pudieron constituir barras costeras o barras ubicadas en altos fondos. El origen de la Peña desde el punto de vista morfogeológico está claramente unido a la erosión producida por el Guadalete. Interés paisajístico doble: por un lado, importancia como elemento singular respecto del paisaje circundante, y por otro, incuestionable mirador natural hacia la Campiña y la Sierra de Cádiz. Valores ecológicos: el principal valor ecológico es su población de cernícalos, tanto el común como el primilla. Y su cultura asociada: manifestada en todas las artes: literatura, pintura, arquitectura, cine y fotografía”.
En definitiva, según ha explicado la parlamentaria, “de lo que se trataba en esta proposición no de ley, y así se ha conseguido era dar oficialidad a una situación que nadie era capaz de dudar, como es que la Peña de Arcos es un verdadero monumento natural y que así debe ser catalogado y protegido”.
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