No habría que haber creado problema alguno ni tener que copiar Reglamentos de otras ciudades si se hubiera tenido en cuenta que ya en Algeciras había uno consensuado por el movimiento asociativo, pero guardado en el olvido tal vez porque daba participación. Sólo habrá que haberlo actualizado, conforme a la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía Decreto 152/2002 de 21 de mayo actualizan la regulación del movimiento asociativo y sus relaciones con las administraciones.
Nace esta Ley para, además de dar cumplimiento a la Constitución, corregir la situación que se daba en la normativa de las corporaciones locales que, basándose en el principio de autonomía municipal, dejaba a criterio de cada uno de los municipios, las formas, medios y procedimientos de participación ciudadana, sin fechas ni garantías, y sobre todo teniendo en cuenta que parte de un principio limitativo de lo que debe ser la participación ciudadana en los asuntos públicos.
Se trata de superar la normativa con vigencia preconstitucional, tomando como criterios la estructura democrática de las asociaciones y su ausencia de fines lucrativos, así como garantizar la participación de las personas en estas, y la participación misma de las asociaciones en la vida social y política, desde un espíritu de libertad y pluralismo.
Y se trata de hacerlo, reconociendo, a su vez, la importancia de las funciones que cumplen como agentes sociales de cambio y transformación social, de acuerdo con el principio de subsidiaridad. Esta Ley Orgánica debe servir de marco para regular el procedimiento de participación, las formas y medios del movimiento asociativo en las instituciones a nivel estatal autonómico y municipal. Teniendo en cuenta que el Excelentísimo Ayuntamiento de Algeciras aprobó un Reglamento de Participación Ciudadana el 24 de julio de 2000 y publicado su texto íntegro en el B.O.P. el día 14 de noviembre de 2000, partiendo de este Reglamento que ya fue consensuado en su momento, se hace necesario modificar el contenido de este Reglamento sólo en aquellos aspectos que hayan cambiado o que no concuerden con la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía Decreto 152/2002 de 21 de mayo que actualizan y regulan el movimiento asociativo y sus relaciones con las administraciones.
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