UNA AERONAVE DE NORWEGIAN EN UNA PISTA DE AEROPUERTO. ARCHIVO

Revocan la sentencia del piloto de Norwegian despedido por no superar un curso formativo

Publicado: 07/04/2025
La compañía noruega deberá readmitirlo o abonarle una indemnización de 74.600 euros
La empresa noruega Norwegian Air Spain ha sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a readmitir a uno de sus pilotos, que fue despedido en junio de 2022 por no haber superado un curso para poder pilotar un Boeing 737, formación necesaria para adecuar su experiencia a la que venía realizando con un aparato modelo Boeing 738.    El fallo judicial ordena a la aerolínea de bajo coste a indemnizar con 74.600 euros al trabajador en el caso de no ser readmitido. La sentencia revoca otra dictada por el Juzgado de lo Social número 11 de Málaga, en la que sí se daba la razón a Norwegian.   La Sala de lo Social del TSJA, integrada por tres magistrados, declara como hechos probados que el trabajador había venido prestando sus servicios como piloto desde octubre de 2013 en Norwegian Air Resources Spain SL, con la categoría profesional de piloto de SH F06 para la flota Boeing 737.   El trabajo se desempeñaba en la base aérea de Málaga desde el 1 de noviembre de 2021, fecha en que resultó desafectado del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en el que se encontraba desde el 10 enero de 2021 tras la pandemia por Covid.    La nómina del trabajador hasta la fecha de extinción del contrato ascendía a 314,18 euros diarios, teniendo en cuenta el salario fijado antes del despido (8.881,66 euros), y la media de las retribuciones variables percibidas.

CESADO MEDIANTE UN CORREO ELECTRÓNICO

Previo a trabajar directamente en Norwegian, el piloto había trabajado en dos ETT vinculadas a ésta desde septiembre de 2013Según el fallo judicial, la relación laboral finalizó en junio de 2022 cuando el empleado recibió un correo electrónico con la carta de despido disciplinario por contravenir el Estatuto de los Trabajadores y el Convenio Colectivo de Pilotos de Norwegian Air R. Spain.   La empresa le dio de baja en la Seguridad Social el 29 de junio de 2022, alegando que no había superado el curso de formación para vuelos de largo radio y tener bajo rendimiento. En agosto de ese año, el piloto presentó demanda judicial por la que el Juzgado de lo Social número 11 de Málaga dictó sentencia en la que se desestimaba su pretensión, calificando el cese como un despido disciplinario procedente, y absolviendo a la empresa.    Sin embargo, dicha sentencia fue recurrida en súplica por el demandante ante el tribunal regional, que alegó que la 'desidia formativa' no estaba acreditada por la empresa, argumentando a la vez que en el caso de ser despedido debía serlo de modo improcedente con una indemnización con arreglo a su salario.

BUENA FE CONTRACTUAL

La Sala del TSJA considera ahora que los hechos imputados al piloto en la carta de despido "no puede calificarse realmente ni como una transgresión de la buena fe contractual, ni como una disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado", motivos invocados por la aerolínea para proceder a su despido disciplinario.    Los jueces señalan que la aerolínea noruega no ha acreditado que el piloto de "una manera voluntaria y deliberada decidió no superar dicho curso", para adaptarse a tripular una nueva aeronave. Al mismo tiempo el TSJA recuerda que el Estatuto de los Trabajadores recoge, en su artículo 52, que el despido disciplinario debe de acreditarse con causas objetivas por la empresa, "lo que evidentemente no ha ocurrido en este supuesto".    El TSJA revoca así la sentencia anterior del Juzgado de lo Social 11 y establece que la cuantía de la indemnización por despido improcedente del piloto debe ser de 74.594,99 euros, por tener un salario mensual de 7.783 euros, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, y una antigüedad desde septiembre de 2013.  

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