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La concejalía de Comercio ofrece información sobre los ficheros de morosidad

A partir del cuarto mes de impago de una deuda de la que existan documentos que la acrediten, un acreedor puede inscribir a una persona consumidora y/o empresa en alguno de estos listados

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Ante las consultas registradas en la Oficina Municipal de Consumo sobre inclusión en registros de morosidad, la concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Guadix representada por Iván López Ariza explica que estos ficheros son registros en los que aparecen los incumplimientos en los pagos tanto de personas físicas como jurídicas. También suelen denominarse "servicios de información de solvencia patrimonial y crédito". A partir del cuarto mes de impago de una deuda de la que existan documentos que la acrediten, un acreedor puede inscribir a una persona consumidora y/o empresa en alguno de estos listados. Entre los registros de morosidad más conocidos, se encuentran  RAI, ASNEF-EQUIFAX, SEIDO, CCI.

Desde la concejalía de Comercio se recuerda, por tanto, que para figurar inscrito en un registro de morosos tiene que suceder alguna de las siguientes circunstancias:

- La existencia de una deuda documentada y cierta, exigible, vigente e impagada por parte de la persona a la empresa.
· El requerimiento de pago por parte del acreedor sin respuesta de pago por parte del moroso.

Si no se cumple alguna de las condiciones anteriores y la persona consumidora es incluida en un registro de morosidad, se puede solicitar la baja. En este caso, el titular del fichero de morosidad debe responder sobre la eliminación de los datos en los siguientes 10 días. Si no se realiza su baja del fichero, la persona afectada deberá presentarse en la Oficina Municipal de Consumo de Guadix (situada en el Palacio de Villalegre) de lunes a viernes en horario de siete y media de la mañana a tres de la tarde para formular la correspondiente reclamación.

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