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Viernes 19/04/2024  

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La Junta abre el plazo para que empresas malagueñas afectadas por un ERTE soliciten ayudas

Esta nueva convocatoria, que está dotada con 165 millones de euros sucede a una anterior aprobada en el mes de abril

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  • CAMARERO. -

El Servicio Andaluz de Empleo, adscrito a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, tiene abierto el plazo hasta el día 26 de octubre para que las empresas malagueñas afectadas por un ERTE durante la pandemia soliciten las nuevas ayudas al mantenimiento del empleo, independientemente de la actividad económica a la que se dediquen.

Esta nueva convocatoria, que está dotada con 165 millones de euros sucede a una anterior aprobada en el mes de abril "de la que hemos ejecutado un presupuesto de 22,2 millones de euros en la provincia, beneficiando con ello a 5.948 empresas malagueñas", según ha explicado la delegada territorial de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en Málaga, Carmen Sánchez Sierra, durante una presentación de ayudas dirigida a empresas y ayuntamientos de la comarca de Antequera.

En esta presentación, que se ha celebrado en el Museo de Antequera y ha contado con medio centenar de asistentes entre ayuntamientos y empresas privadas, Sánchez Sierra ha estado acompañada por el alcalde de Antequera, Manuel Barón, y la concejala de empleo, Ana Cebrián quienes han manifestado su agradecimiento por el interés de la delegada en ir por las comarcas para informar de las ayudas vigentes.

La delegada ha explicado durante su ponencia que esta nueva convocatoria de mantenimiento del empleo flexibiliza los requisitos para las entidades solicitantes de cara a "facilitar la participación del mayor número de empresas y trabajadores autónomos", ya que, la principal modificación con respecto a la anterior convocatoria es la supresión de la relación de actividades económicas subvencionables en las que debía encuadrarse la entidad para optar a la ayuda.

Así, ha incidido en que "va a permitir que la actual convocatoria esté abierta a todas las empresas independientemente de la actividad económica en la que se engloba".

Además de esta modificación, Sánchez Sierra ha señalado que este decreto ley también reduce de tres a un año de referencia para la comprobación del requisito que se refiere al número de personas trabajadoras en alta en la Seguridad Social recordando que la subvención está ligada a un indicador llamado Factor de Actividad, y en la práctica supondrá una cuantía de 505 euros al mes por empleo subvencionado durante un máximo de cuatro meses siendo el tope máximo de la ayuda los 30.300 euros.

Este Factor de Actividad, según ha explicado Sánchez Sierra, se calcula de oficio por el SAE y representa el número de trabajadores en alta a jornada completa más la parte proporcional de jornada de los trabajadores a tiempo parcial.

De igual modo, ha continuado la delegada, las empresas beneficiarias deberán mantener el cien por cien del nivel de empleo subvencionado (65% o 75% del factor de actividad), al menos cuatro meses, desde que se computó el cálculo del factor de actividad inicial, y la ayuda será compatible con otras de cualquier administración para la misma finalidad siempre que no supere el coste total de la actividad subvencionada.

Pueden acogerse al incentivo las empresas con una plantilla media de hasta 20 trabajadores en el último año, con uno o varios centros de trabajo ubicados en Andalucía, y que desde el 14 de marzo de 2020 se hayan acogido a un ERTE de Fuerza Mayor o causas ETOP (Expedientes de Regulación de Empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción), en ambos casos relacionadas con la pandemia.

Como empresas, se incluye a toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica, incluidas autónomos y entidades sin ánimo de lucro. Estas empresas han de tener, al menos, una persona trabajadora en alta por cuenta ajena independientemente del porcentaje de jornada.

En cuanto a la solicitud, debe presentarse por vía telemática, a través de un formulario disponible en la ventanilla electrónica de la web del SAE (https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/ ) hasta el 26 de octubre.

SOLVENCIA EMPRESARIAL 

Siguiendo con la presentación de las ayudas, la delegada ha hecho referencia también a otra convocatoria actualmente abierta para empresas y autónomos, como es la de la Solvencia, destinada a empresas que han visto una gran reducción en su facturación y por tanto, han ido acumulando deudas.

Esta ayuda, ha señalado Sánchez Sierra, está dirigida a gestionar los 1.109 millones de euros de fondos estatales asignados a Andalucía y el plazo de solicitud estará abierto hasta el próximo día 20 de octubre, recordando que "se mantiene la horquilla de 3.000 a 200.000 euros, dependiendo de distintas variables como la disminución de las operaciones en 2020, el número de empleados o el régimen de tributación".

Sánchez Sierra ha explicado que en esta ampliación se incluyen dos nuevos conceptos subvencionables, "los costes fijos ya pagados y las pérdidas generadas desde el 1 de marzo de 2020 al 30 de septiembre de 2021" destacando además que este nuevo decreto ley establece tres conceptos a los que se podrán acoger las empresas para solicitar la subvención.

El primero de ellos se refiere a las deudas y pagos a proveedores y otros acreedores, siempre y cuando éstos se hayan generado en dos tramos, del 1 de marzo del 2020 al 31 de mayo de 2021 y entre el 1 de junio de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

Asimismo, estas deudas deben proceder de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021 y abonarse con fecha posterior al final de cada tramo. El segundo de los conceptos que se fija es el de compensar los costes fijos ya pagados incurridos entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, que procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

En tercer lugar, se establece como concepto las pérdidas generadas entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021. No obstante, aquellas empresas que se acojan a este último concepto para solicitar la subvención no podrán acogerse a los dos anteriores.

Asimismo, ha explicado que la principal novedad del nuevo decreto ley es la posibilidad de acogerse a la subvención de los "costes fijos incurridos", término que incluye los costes fijos soportados por los beneficiarios incluidas las amortizaciones de elementos de inmovilizado.

En relación con las personas trabajadoras autónomas encuadradas en el régimen de estimación objetiva singular, la delegada ha detallado que no deben acreditar la reducción del volumen de operaciones en 2020 y tampoco no haber tenido pérdidas en 2019, "de manera que únicamente deben presentar copia de las facturas de los costes fijos incurridos en el periodo delimitado".

ERTE

Por otro lado, sobre otros temas que conciernen a las empresas, la delegada también ha mencionado la prórroga de los ERTE, recordando que todas las empresas que están en esa situación, para continuar estándolo, deberán solicitarlo a la Delegación Territorial de Empleo, que en este caso es la autoridad competente, y tendrán de plazo hasta el 15 de octubre. En caso de no solicitarlo, su ERTE se dará por finalizado a fecha 1 de noviembre.

Asimismo, Sánchez Sierra ha mencionado que las nuevas modalidades de ERTE a partir del 1 de noviembre tendrán como elemento central la formación y se extenderán hasta el 28 de febrero de 2022.

Por último, en relación con las ayudas a Ayuntamientos y Entidades Privadas sin Animo de Lucro, la delegada Carmen Sánchez ha hecho mención a los nuevos programas de Empleo y Formación que abrirán en breve su convocatoria y contarán con 30 millones de euros para Andalucía.

Estos programas contarán con una única fase de formación en alternancia; el plan formativo incluirá al menos un Certificado de profesionalidad; serán proyectos de 12 meses; y el alumno será contratado desde el principio del proyecto cobrando el SMI.

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