El TSJ anula la autorización de entrada en el domicilio en un desahucio

Publicado: 06/06/2022
...En el caso se trata de una persona de edad muy avanzada, con pocos recursos, que vive sola y que ha creado un entorno en la vivienda durante muchos año
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictaminado mediante la reciente sentencia de fecha 12 de mayo de 2022, número 287/2022, Sala de lo Contencioso, la anulación de la autorización de entrada en el domicilio de una anciana para ejecutar una orden de desahucio.

El TSJ aplica la doctrina establecida en STS 11581/2020, 23 Nov., sobre la ponderación de las circunstancias concurrentes, que exige comprobar que la Administración ha adoptado las medidas precautorias adecuadas y suficientes para que el desalojo cause el menor impacto posible en las personas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad. También estas exigencias están presentes en la STC 32/2019, de 28 de febrero, que confirmó la constitucionalidad de la Ley 5/2018, de 11 de junio, relativa a la ocupación ilegal de viviendas.

Aunque todas las personas somos potencialmente vulnerables, en el caso se trata de una persona de edad muy avanzada, con pocos recursos, que vive sola y que ha creado un entorno en la vivienda durante muchos años que ahora se abandonaría con todo lo que ello conlleva.

El Abogado del Estado alegó  que desde la sentencia que confirmó el desahucio, en julio de 2020, se había podido buscar una solución de habitabilidad, si bien, recuerda el Tribunal, que la especial situación de confinamientos y protecciones derivadas del COVID ha limitado las salidas y la existencia de relaciones en el ámbito personal, por lo que la búsqueda de otro hogar es complicada.  

 

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