El tiempo en: Málaga

Córdoba

El presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, nuevo magistrado de lo Civil del TS

Vela ha obtenido 14 de los 21 votos del Pleno, frente a los seis obtenidos por otro de los candidatos, el presidente de la Audiencia de Pontevedra, Francisco Javier Menéndez Estébanez. Uno de los vocales ha votado en blanco

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha elegido este jueves al actual presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, Pedro José Vela Torres, magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS), plaza que fue convocada para cubrir la vacante producida por la jubilación el pasado 11 de mayo de José Ramón Ferrándiz Gabriel. El nuevo magistrado del Tribunal Supremo tiene la especialización en el orden jurídico Mercantil y ostenta el número 1 en el escalafón de magistrados de ese orden.

   Vela ha obtenido 14 de los 21 votos del Pleno, frente a los seis obtenidos por otro de los candidatos, el presidente de la Audiencia de Pontevedra, Francisco Javier Menéndez Estébanez. Uno de los vocales ha votado en blanco.

   El nuevo magistrado del Supremo ingresó en la Carrera Judicial en 1986 y tuvo su primer destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Pozoblanco, para servir luego en Juzgados mixtos de Alcalá la Real (Jaén) y de Córdoba antes de incorporarse en 2006 como magistrado a la Audiencia cordobesa.

   Desde entonces está destinado en la Sección Primera de este tribunal, que tiene la competencia exclusiva en materia mercantil. Además, cuenta con una amplia experiencia docente, ya que desde 1997 es profesor asociado de Derecho Mercantil en la Universidad de Córdoba.

   Vela ha participado como ponente en numerosos cursos, seminarios y jornadas y es autor de publicaciones y artículos jurídicos sobre, entre otras materias, la ejecución hipotecaria y los procesos concursales, el problema del sobreendeudamiento familiar del consumidor, los contratos de crédito al consumo, la impugnación de acuerdos sociales, el derecho de la Publicidad o la doctrina jurisprudencial de los límites de los derechos de autor.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN