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Lesmes reúne al tribunal que falló sobre el impuesto de hipotecas

Se trata de hacer balance de daños y conocer lo sucedido después de que este último dejara en el aire la decisión

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  • LESMES -

El presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, ha reunido este lunes a partir de las 10.00 horas a los seis miembros del tribunal contencioso-administrativo de este órgano que falló la semana pasada sobre el impuesto de actos jurídicos documentados y al encuentro también asiste el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez Picazo. Se trata de hacer balance de daños y conocer lo sucedido después de que este último dejara en el aire la decisión de los primeros de atribuir a las entidades bancarias el pago de este tributo.

La reunión es de carácter interno y no tiene trascendencia jurisdiccional, han señalado a Europa Press fuentes de este órgano, que añaden que la reunión obedece a la necesidad de limar asperezas entre Nicolás Maurandi, presidente de la Sección que dictó la sentencia -que cambió la jurisprudencia existente hasta el momento sobre el sujeto pasivo al que corresponde el pago del impuesto de hipotecas-, y el propio Díaz Picazo.

Tanto el fallo de este tribunal como la decisión de Díaz Picazo de dejar en suspenso la aplicación de la novedosa sentencia en espera de que el Pleno de la Sala -compuesto por 31 magistrados- la cofirme o anule en las próximas semanas ha creado una situación sin precedentes en el alto tribunal, que Lesmes trata de reconducir con la reunión de este lunes, dado su fuerte impacto económico y social.


Díaz Picazo emitió una nota el pasado viernes en la que señalaba que la sentencia podía acarrear un "giro radical" en la jurisprudencia y una "enorme repercusión económica y social", por lo tomó la insólita decisión de que sea el Pleno el que estudie el próximo recurso de este tipo que llegue al Supremo y así decidir si confirmaba o no la nueva jurisprudencia.

La sentencia cuestionada anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

Al mismo tiempo, implica la modificación de su jurisprudencia anterior y anulaba una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo año, en la que dictaminó que son los clientes quienes debían pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que dio la razón a los bancos. El hecho de que sea el banco el que debe abonar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en las escrituras públicas de una hipoteca, así como el posible carácter retroactivo de la decisión, podría lastrar las cuentas de las entidades financieras.

La responsabilidad del pago de este impuesto podría tener un coste superior a los 4.000 millones de euros, según cálculos realizados por la firma de calificación crediticia Moody's, que incluso calificaba este dictamen de más agresivo que el de las cláusulas suelo.

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