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El Ayuntamiento modificará un detalle de la RPT para evitar el recurso de la Junta

El personal laboral sólo podrá ocupar determinados puestos de forma provisional hasta la culminación del proceso de funcionarización

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El Ayuntamiento y la Junta de Andalucía han llegado a  un acuerdo para introducir una modificación en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) sobre un aspecto muy concreto del documento, con el que se evita recurrir a la vía contencioso-administrativa, además de garantizar el funcionamiento del Consistorio. El acuerdo ha sido posible por la vía del diálogo tras cuestionar la administración autonómica un aspecto determinado del documento, motivado por la falta de funcionarios, y no la generalidad del documento.

El Ayuntamiento agradece la predisposición al diálogo mostrada por la Junta de Andalucía ya que “este acuerdo evita que se paralice el Ayuntamiento tras la aprobación de la RPT, el pasado mes de septiembre, y resuelve una situación que ya el Ayuntamiento preveía como transitoria, dada la situación actual de falta de funcionarios”.

El Consistorio recuerda que en la actualidad el Ayuntamiento cuenta con un total de 575 funcionarios, de los que 298 pertenecen a la Policía Local y los 277 funcionarios restantes tendrían que asumir el resto de las labores administrativas del ayuntamiento. Además, de los funcionarios sólo 32 son A-1 (licenciados) y, por tanto, reúnen los requisitos exigidos para ocupar determinados puestos.

La Junta de Gobierno Local, convocada en sesión extraordinaria, ha dado, por tanto, el visto a esta modificación tras aceptar la Junta de Andalucía la propuesta remitida por el Ayuntamiento, en la que deja claro que el personal laboral sólo podrá ocupar determinados puestos, de forma provisional, hasta que culmine el proceso de funcionarización que se espera iniciar en el mes junio e incluso antes.

En concreto, el Ayuntamiento mantiene el compromiso en la modificación de que conste de forma explícita en la RPT que el desempeño de las funciones de estos puestos por el personal sujeto a régimen laboral lo sea con carácter provisional, y, en consecuencia, el tipo de puesto descritos en la RPT bajo el epígrafe “F/L” debe considerarse "a extinguir" respecto al personal laboral que en la actualidad lo pudiera ocupar y entendiéndose que tal ocupación, en todo caso, tiene un carácter provisional, para convertirse en una “F” con ocasión de la cobertura definitiva tras el proceso de funcionarización.

El Ayuntamiento recuerda además que ya ha iniciado los procesos para la convocatoria de los concursos de mérito, cuyos baremos han sido consensuados con los sindicatos, así como para la libre designación; siendo el concurso de méritos el criterio general para acceder a todos los puestos de trabajo, quedando sólo la libre designación, como un mecanismo excepcional para cubrir los puestos de naturaleza directiva así como aquellos que impliquen una especial relación de confianza. Igualmente, deja también claro que todo ello se está haciendo conforme a las bases de sus respectivas convocatorias.

El Ayuntamiento hace de nuevo hincapié en que “el objetivo de la RPT es organizar la plantilla y acabar con las arbitrariedades retributivas, sabiendo quién es quién en cada puesto de trabajo, cumpliendo además con la obligación legal de tener este documento en el Consistorio”. Además, insiste en que es un documento abierto a las sugerencias que puedan plantearse durante su aplicación.

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