Condenan al SAS por diagnosticar esguince en lugar de fractura en tres ocasiones en Málaga

Publicado: 20/12/2021
El paciente tras una caída en la escalera de su vivienda acudió al Hospital Clínico con un fuerte dolor en pie izquierdo y herida en la rodilla derecha
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por diagnosticar a un paciente, de 42 años, un esguince en vez de una fractura hasta en tres ocasiones, circunstancia que le dejó como secuelas una deformidad postraumática del pie.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se condena al SAS a indemnizar a los familiares del afectado (que ha fallecido posteriormente pero la familia continuó el proceso judicial) con 145.703 euros por daños y perjuicios al estimar el recurso presentado el letrado Francisco Damian Vázquez, de la Asociación "El Defensor del Paciente".

La sala acepta los argumentos esgrimidos en el recurso y concluye que "ha habido no solo un error de diagnóstico, sino también una defectuosa realización de las radiografías".

Los hechos se remontan al 5 de julio de 2006 cuando el paciente tras una caída en la escalera de su vivienda acudió al Hospital Clínico con un fuerte dolor en pie izquierdo y herida en la rodilla derecha y tras unas radiografías le diagnosticaron un esguince de tobillo izquierdo, "pese a presentar síntomas claros de fractura".

Pese a acudir hasta en tres ocasiones al servicio de urgencias del Centro de Salud de Torremolinos (Málaga) y a su médico de familia por persistencia de dolor e inflamación entre otros síntomas no fue hasta agosto cuando le diagnosticaron una fractura del calcáneo izquierdo.

A consecuencia del retraso en el diagnóstico no pudo ser intervenido quirúrgicamente ya que la factura se encontraba cerrada, aunque con dificultades y con la única solución de dejar que evolucionara y con el tiempo ver si había mejoría, secuelas que le imposibilitaron poder dedicarse a su profesión habitual.

En diciembre del 2021 el Instituto Nacional de la Seguridad Social le dio la incapacidad permanentemente total para su profesión en base a un cuadro clínico residual consistentes en secuelas de antigua fractura de calcáneo izquierdo y artrosis postraumática. 

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