Los hechos sucedieron en febrero de este año, junto al Mirador del monte, cuando esgrimió un cuchillo a dos paseantes
La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la pena de 21 meses de prisión impuesta por un juzgado de la capital a un hombre, al que se responsabiliza de ser el autor material de un robo con violencia o intimidación en las personas, cometido a primeras horas de la noche del 21 de febrero de este año. El condenado utilizó un cuchillo para amenazar a un joven y a su acompañante que se encontraban paseando en ese momento por la zona.
Según los hechos probados, recogidos en la sentencia del Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga, el individuo, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, se encontraba con un menor de edad cuando procedió a abordar a dos varones con la excusa de preguntarles la hora.
Uno de ellos le respondió que eran las 20:30 horas, prosiguiendo su camino unos metros. Instantes después, el acusado con el ánimo de enriquecerse ilícitamente, agarró del brazo a uno de los jóvenes, esgrimiendo con la otra mano un cuchillo al tiempo que le manifestaba la frase de "dame todo lo que tengas".
Al ver la situación, el acompañante del asaltado comenzó a gritar a su amigo para que corriese, produciéndose un forcejeo entre el procesado y víctima, del que consiguió escapar esta última y huir corriendo, no sin antes recibir una patada en el glúteo que le causó una lesión.
Según la resolución judicial, una media hora después los dos individuos fueron detenidos por la Policía incoando posteriormente un Juzgado de Instrucción diligencias previas por un presunto delito de robo, en grado de tentativa, tipificado en el artículo 237 del Código Penal.
RECURSO Y TESTIMONIOS
Aunque el Juzgado de lo Penal 7 le impuso una condena de un año y nueve meses de prisión, el autor de hecho recurrió en apelación ante la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Málaga, que ha confirmado en su integridad el fallo y la pena.
Los jueces rechazan la vulneración del derecho de defensa y de presunción de inocencia esgrimido al señalar que las dos víctimas fueron categóricas al afirmar que fue el condenado quien les intimidó con un cuchillo, sin que éste quisiera declarar ante los agentes de la Policía aquel día, y optando por hacerlo ante la autoridad judicial.
"Aunque el acusado niegue los hechos, lo que se entiende desde el derecho que le asiste a no reconocer los mismos ni confesarse culpable, es lo cierto que la víctima, y el amigo que le acompañaba, han mantenido desde el inicio de las diligencias que el acusado usó un cuchillo en la ejecución del hecho, sin que existan razones para dudar de dicho testimonio sostenido de forma inalterable por ambos testigos desde el inicio de las diligencias, sin que sea óbice a lo anterior el hecho de que el arma no haya aparecido, pues teniendo en cuenta que el acusado fue detenido una media hora después de ocurrir los hechos, tuvo tiempo más que suficiente para deshacerse de la misma y no dejarla tirada en el lugar de los hechos", concluye la resolución judicial.