No escogió cualquier equipo electrónico, sino uno que por sus características y valor (1.000 euros) tendría más posibilidades de ser vendido en el mercado ilegal. Y por ello intentó sustraer un ordenador portátil de unos grandes almacenes de la capital, pero uno de los vigilantes de seguridad le pilló 'infraganti', por lo que ha sido juzgado y condenado a 11 meses de prisión.
La Audiencia Provincial de Málaga ha ratificado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 a un varón como autor de un delito de hurto, en grado de tentativa, por el que fue acusado por la Fiscalía y la empresa comercial.
La sentencia de la Sección Tercera declara probado que sobre las 19:35 horas del 10 de noviembre de 2023, el acusado, P. E., con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, acudió en compañía de un menor de edad y de otra persona que hasta la fecha no ha sido identificada, con la intención de obtener un beneficio económico ilícito en el centro comercial El Corte Inglés de Málaga.
Una vez allí se apoderó de un ordenador portátil valorado en 999 euros, el cual introdujo en una bolsa de cartón gruesa forrada en su interior con papel de aluminio, con el fin de neutralizar las alarmas de seguridad. Pese a ello, no llegó a consumar su propósito al ser sorprendido por el guarda de seguridad que estaba esa jornada de servicio.
ANTECEDENTES ANTERIORES
El procesado había sido condenado anteriormente por sentencia firme el 20 de enero de 2023, dictada por el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, a la pena de cuatro meses de prisión por otro delito de hurto en grado de tentativa.
Por este último hecho, la Audiencia Provincial de Málaga rechaza el recurso de apelación ya que considera que el material probatorio practicado en su presencia (la incautación del ordenador) es suficiente demostración para acreditar el intento del hurto.
Y añade que "otra cosa no puede lógica y razonablemente deducirse de la testifical practicada en el plenario en la persona del vigilante de seguridad, que claramente expresó que el acusado dejó el efecto sustraído no voluntariamente sino porque advirtió de que iba a ser interceptado por la seguridad del centro comercial".
El fallo sostiene también que el acusado no compareció al acto de la vista oral del Juzgado de lo Penal 2, donde hubiera podido explicar su versión sobre los hechos. Por todo ello, confirma la condena de 11 meses de prisión que le había sido impuesta.