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Confirman la condena a dos hombres por matar a otro por venganza tras una pelea

La sentencia de la Audiencia, dictada tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, condenó a uno de los acusados a 13 años de prisión y al otro a 12 años y medio por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga en la que condenaba a dos hombres por matar a otro por venganza tras una pelea ocurrida el día antes en una discoteca y en la que se absolvía a otros dos acusados. Así, se desestiman los recursos presentados por el ministerio fiscal y por la acusación particular, en representación de la familia de la víctima, y por uno de los acusados.

   La sentencia de la Audiencia, dictada tras el veredicto de culpabilidad de un jurado popular, condenó a uno de los acusados a 13 años de prisión y al otro a 12 años y medio por un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad; además de al pago de una indemnización de 230.000 euros para los familiares de la víctima. El alto Tribunal andaluz rechaza en una resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, todos los motivos de recurso.

   Los hechos sucedieron en marzo de 2011. Según se declaró probado en su momento, varios jóvenes tuvieron un altercado en una discoteca y el día siguiente uno de los condenados y un joven menor de edad, que fue juzgado por estos hechos, contactaron con el otro procesado y su hermano, también menor de edad y que también fue enjuiciado por estos hechos, decidiendo ir a donde sabían que se reunían las personas con las que pelearon el día antes.

   La Audiencia consideró que pretendían "arreglar" las cosas, es decir, "vengarse por lo sucedido y darles lección o escarmiento". Aunque "no tenían seguridad de que se produjese un enfrentamiento, aceptaron "sus consecuencias", para lo que iban "preparados, portando, al menos uno de ellos un arma blanca". Así, los otros dos acusados que fueron absueltos subieron al coche también, aunque no quedó acreditado que conocieran el motivo ni que llevaran armas.

   Los acusados llegaron a la zona, entraron en la plaza y se acercaron a uno de los jóvenes que estaba allí, que salió corriendo. Ante lo sucedido, la víctima salió en defensa de su amigo y fue rodeado por los jóvenes, dándole uno de los acusados una puñalada en el abdomen con un cuchillo jamonero de grandes dimensiones, lo que le causó la muerte. El otro procesado que resultó condenado realizó actos "imprescindibles" en estos hechos, según dicha sentencia.

   Ahora, el TSJA rechaza una falta de motivación en el veredicto del jurado que declaró culpable a dos de los acusados y absolvió a los otros dos, al considerar que es "lo suficientemente explícito y transparente como para conocer cuáles han sido las razones por las que el jurado decidió apreciar la culpabilidad de lo acusados que fueron condenados y la no culpabilidad de los que fueron absueltos", creyendo a estos últimos.

   Tampoco entiende que haya falta de motivación en la sentencia y apunta que "a poco que se analice la causa, resultan elementos de cargo e indiciarios de gran consistencia que confluyen en la atribución de los hechos a los condenados", por lo que concluye que las condenas tienen "base razonable". Además, no considera que se trató de un delito de asesinato, al no apreciar total indefensión en la víctima.

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