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El TSJA desestima las medidas cautelares pedidas por el Ayuntamiento para no pagar la factura del metro

La Junta valora esta decisión y el Consistorio le resta importancia al haber acordado compensar los 32 millones con obras de movilidad

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Málaga ha acordado desestimar la adopción de medidas cautelares tal y como solicitó el Ayuntamiento de la capital para no abonar las tres liquidaciones del metro reclamadas por la Consejería de Fomento y Vivienda por la obra ya ejecutada.

   Un pronunciamiento judicial, no obstante, que se produce después de que el pasado 11 de noviembre ambas administraciones llegaran a un acuerdo por el que se desbloqueaba el proyecto del metro y se aceptaba que el Consistorio compensara con obras de movilidad sostenible las tres liquidaciones por valor de 32,31 millones emitidas por la Junta en concepto de anticipo de la inversión.

   De hecho, tras ese acuerdo, el alcalde, Francisco de la Torre, aseguró que el Ayuntamiento retiraría el recurso contencioso-administrativo interpuesto. No obstante, el protocolo de intenciones suscrito el día 11 hace referencia a las obras ejecutadas, pero no a las que están en desarrollo.

   Existen ya dos autos, contra los que cabe recurso de reposición, aunque el Ayuntamiento ha declarado que no ejercerá este derecho, en los que el alto tribunal andaluz se refiere a las dos primeras liquidaciones emitidas por la Consejería de Fomento.

   Precisamente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA establece que los intereses públicos en conflicto son "análogos": "de no pagar el Ayuntamiento las cantidades anticipadas por la Junta, dada la situación actual de la economía, incidirá negativamente en la posibilidad de ejecución de las políticas públicas autonómicas, y en el caso contrario, de pagar el Ayuntamiento, las políticas públicas que sufrirían detrimento son las municipales, por lo que debe estarse a la norma general de ejecución de las actos administrativos".

   En este punto, hace referencia a sentencias del Tribunal Supremo acerca de que "en caso de no poder determinarse qué interés es prevalente, debe estarse a la regla general de no suspensión del acto impugnado".

   Ante los argumentos municipales para pedir la medida cautelar, se indica en el auto que "no se tiene en cuenta la posibilidad que contempla la liquidación de poder solicitarse el abono fraccionado". Más aún, se precisa que "se coliga la obviedad que el pago reclamado no ha sido presupuestado, y la incidencia que tendría en lo sí presupuestado, pese al compromiso asumido en el convenio de colaboración suscrito en abril de 2003 entre la Junta y el Ayuntamiento de adelantar el tercio que correspondería al Estado hasta 27,8 millones por el Ayuntamiento".

   También subraya que es de considerar que "el Ayuntamiento se reintegrará del Estado, cuya aportación es concretada en el convenio Estado-Junta de diciembre de 2005, con un calendario de aportaciones a realizar entre 2005 y 2037 por un total de 175,1 millones de euros".

   El Ayuntamiento de Málaga solicitaba medidas cautelares hasta que hubiera una sentencia firme aludiendo a que ese abono supondría "un grave perjuicio para las arcas municipales" y justificando, de hecho, las repercusiones que tendría sobre la hacienda municipal. En este punto, defendía su postura en función de las condiciones acordadas por la Junta y el Gobierno en el convenio de 2005.

JUNTA

   Al respecto, el delegado territorial de Fomento y Vivienda de la Junta, Manuel García Peláez, ha señalado que ambos autos reconocen "el trabajo que hemos estado realizando a lo largo de este año y la necesidad de que el Ayuntamiento cumpliera sus obligaciones según lo recogido en el convenio de 2003".

   "Se nos da la razón, pero lo que hacemos es tender la mano al Ayuntamiento adoptando ese acuerdo de compensación con obras de movilidad sostenible, en los mismos términos que se hizo en Sevilla", ha declarado a Europa Press García Peláez.

   En este punto, el delegado de Fomento ha querido aclarar que "nuestra intención no es causar dificultades económicas al Ayuntamiento, sino solo cumplir las obligaciones estipuladas en el convenio de 2003".

AYUNTAMIENTO

   Por su parte, el concejal de Movilidad del Ayuntamiento de Málaga, Raúl López, se ha mostrado respetuoso con las decisiones judiciales, aunque ha restado importancia a que dé la razón a la Junta teniendo en cuenta el acuerdo adoptado entre ambas administraciones el pasado 11 de noviembre. Por ello, ha rechazado que el Consistorio vaya a presentar recurso de reposición.

   "No tendría sentido presentar recurso después de haber acordado que estas liquidaciones se compensen con obras de movilidad", ha manifestado a Europa Press, aplaudiendo que, "finalmente, Málaga tenga el mismo trato que Sevilla".

   En este punto, el edil de Movilidad ha valorado la relación que existe con el departamento que dirige Elena Cortés: "en este último año se han aclarado muchas cosas que no sabíamos antes y esa es la línea que debemos seguir para que el metro sea una realidad lo antes posible".

   El Consistorio, en su solicitud de medidas cautelares, afirmaba que los 32,31 millones reclamados es una cifra "superior a las inversiones previstas por todo el Ayuntamiento para el ejercicio 2013", lo que obligaría a no atender cuestiones ya previstas y destinadas a atender el mantenimiento o reposición de infraestructuras básicas municipales o afectaría al cumplimiento de compromisos adquiridos.

   No consideraba viable acudir a una operación de endeudamiento, teniendo aprobado un plan de ajuste, ni tampoco utilizar para ello el remanente positivo de Tesorería, ya que afectaría a la estabilidad presupuestaria del Ayuntamiento.

   Por su parte, la Administración autonómica defendía su postura aludiendo a lo recogido en el convenio suscrito en abril de 2003 para la construcción y puesta en servicio de las líneas 1 y 2 del metro, y no consideraba que el Ayuntamiento acreditara riesgo en su situación financiera por el hecho de tener que abonar esas liquidaciones.

   La Junta, de hecho, aludía al "grave perjuicio" que para los intereses generales que gestiona conllevaría el incremento de la carga económica soportada como "consecuencia del incumplimiento por parte del Ayuntamiento de su obligación de aportación en unos momentos de recortes presupuestarios", lo que, en suma, "incidiría directa y negativamente en la posibilidad de ejecución de las políticas públicas y en la salvaguarda de los servicios públicos esenciales que la Comunidad atiende".

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