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La defensa de Roca denuncia la \"demonización\" del caso \'Malaya\' y solicita la absolución

Sobre la instrucción, se indica que parece que el fiscal \"había escogido al instructor de su elección\" para esta investigación y que \"éste se había dejado escoger\", reiterando las irregularidades ya denunciadas

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  • ROCA -

La defensa del principal acusado y presunto cerebro de la trama de corrupción en Marbella (Málaga), Juan Antonio Roca, ha presentado recurso de casación contra la sentencia del caso 'Malaya', en el que pide la absolución, denuncia la "demonización" del proceso e insta a su nulidad, cuestionando desde el inicio de la instrucción hasta el último apartado de la resolución dictada por la Audiencia el pasado mes de octubre, incluido el desarrollo del juicio, del que dice que no ha sido justo.

   Roca fue condenado en total a 11 años de cárcel por un delito continuado de cohecho pasivo para acto injusto no realizado, por blanqueo continuado cometido como jefe de una organización, con la atenuante de confesión; por dos delitos de fraude por dos operaciones y por prevaricación, al quedar la condena de un año por un delito de cohecho incluida en la del continuado. Además, se le impuso la multa de 240 millones de euros.

   En un escrito de más de 750 páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa examina todo el procedimiento, solicitando también la nulidad del juicio y de la sentencia, para dictarse otra "motivada y sin contradicciones" y en la que no haya "predeterminación condenatoria". También pide la eliminación de hechos por los que no fue acusado.

   La letrada solicita la nulidad, por vulneraciones durante la instrucción, de las intervenciones telefónicas y de los registros --algo ya planteado en cuestiones previas--; y cuestiona cómo se ha conducido el plenario, instando a que haya nuevo juicio con otro tribunal. Además, pide la devolución de la causa al tribunal de instancia para que se pronuncie de aspecto sobre los que no lo hizo.

   Sobre la instrucción, se indica que parece que el fiscal "había escogido al instructor de su elección" para esta investigación y que "éste se había dejado escoger", reiterando las irregularidades ya denunciadas.

   También considera que Roca "no ha tenido un juicio justo" y que la actuación del Tribunal "ha causado indefensión", al verse "limitado su derecho de defensa". Además, señala que la Sala "ha rebasado frontalmente sus márgenes tanto fáctica como subjetivamente", añadiendo que ha faltado "a su deber de imparcialidad, se ha convertido en juez y parte, al condenar por hechos ajenos a la acusación formulada contra mi mandante".

   A su juicio, "durante el plenario el Tribunal adoptó una postura tendente a tratar de validar la tesis acusatoria supliendo para ello su iniciativa probatoria, acordando de oficio la práctica de pruebas ex novo, excediendo por completo el contenido de las prerrogativas que otorga la ley, lo que evidencia un postura contraria a la debida imparcialidad, cuyo resultado ha de concluir con la declaración de nulidad de lo actuado".

DEMONIZACIÓN DEL PROCESO Y SU EFECTO SOBRE ROCA

   En el recurso se precisa que Roca es "el único justiciable" que ha cumplido el tiempo máximo de cuatro años de prisión preventiva en nuestro país a consecuencia de la presunta comisión de delitos de la naturaleza de los enjuiciados" y durante la instrucción se detuvo "a su familia, a sus amigos, a sus trabajadores, a todo aquel que tuviera una mínima relación personal, íntima, profesional, social o de amistad".

   Se indica que "la demonización del procedimiento, encarnado en el señor Roca, fue propiciada y acuciada por los agentes intervinientes en la instrucción", además de ser "multiplicada" por las filtraciones. "Se impuso a mi mandante la fianza civil más alta de la historia judicial española, mil millones de euros", se indica, apuntando que "cualquier ciudadano de cualquier punto de la geografía española, hablaba sin tapujos del enorme saqueo de las arcas municipales".

   Para esta defensa, se "ningunearon" derechos fundamentales, se envió "sistemáticamente a prisión", se realizaron intervenciones telefónicas "del todo irregulares", registros "sin reparar en la presencia del titular". "Todo valía en Malaya", apunta el escrito, en el que se indica que a Roca "se le enjuició, se dictó sentencia y fue condenado anticipadamente hace ocho años, lo que lleva en prisión".

   Al respecto, se indica que "se habló de cuentas en paraísos fiscales de millones de euros que no existen" y hubo informaciones "todas ellas negativas y todas inciertas que fueron creando en el imaginario colectivo un verdadero monstruo ajeno a la realidad". Todo ello ha provocado en el exasesor, dice su letrada, "una muerte social de la que ya jamás podrá recuperarse, independientemente del resultado de este proceso".

   "La demonización del proceso", dice la letrada, tiene aún efectos sobre su cliente. Al respecto, se explica que Roca cumplió en el mes de junio del año pasado las tres cuartas partes de la pena, lo que "le faculta para su libertad condicional, con expediente de comportamiento impecable", pero "no es que se le haya revisado el grado, es que no se le ha concedido ni un beneficio penitenciario ni un permiso de fin de semana".

   "¿La motivación? Malaya. Literalmente así aparece en la denegación de los permisos", apunta la abogada, quien indica que una vez conocida la sentencia, "se le concedió un permiso de tres días con el voto en contra del director" de la prisión; decisión que fue revocada "y en el día posterior al de Reyes se ordenó su alejamiento a otro centro a 300 kilómetros de su familia", donde "comenzar de cero la observación del preso".

   Así, para el caso de que no se admitan la nulidades, pide al Supremo la rebaja de la pena, aplicando varias atenuantes; y que todos estos "perjuicios adicionales" y la existencia de "una situación a consecuencia de 'Malaya' que le ha impedido cualquier disfrute de libertad en los últimos ocho años" sea tenido en cuenta a la hora de producir una reducción de la condena.

DELITOS

   En cuanto al análisis de los delitos por los que ha sido condenado, la defensa considera que ha habido infracción de precepto constitucional y de ley. Sobre el cohecho, afirma que no existe relato de hecho punibles y que la acusación por este delito se incorporó tarde, además de que hay contradicciones en la sentencia y "decisión de condenar, no motivación de la condena".

   Así, señala que al no haber delito precedente no puedo haber blanqueo de capitales, incidiendo en que Roca era "un empresario solvente desde finales de los años 80, cuyas empresas reales se dedican a actividades reales y generan beneficios reales, acometiendo negocios reales" y en que "no tenemos a unos profesionales cogiendo ese dinero sucio, lavándolo a través de empresas fantasmas".

   La letrada estima que hay contradicciones en la sentencia y que no puede ser condenado por blanqueo como jefe de una organización criminal cuando del propio relato de hechos se desprende que la estructura empresarial "estaba conformada desde mediados de los años 90", cuando Roca no tenía vinculación con ninguna sociedad municipal, apuntando que "no hay duda de la absoluta licitud" y que se "mantiene idéntica en operativa" a lo largo de años.

   Sobre la pena accesoria de inhabilitación para su profesión o industria durante cinco años, en el recurso se precisa que, tal y como se ha configurado, "se priva al señor Roca al derecho al trabajo, y se le condena a él y a su familia de forma irreversible al hambre durante el tiempo de cumplimiento de la misma", por lo considera que se debe anular por "inmotivada e ilimitada, y desproporcionada".

   Tampoco considera que sea autor de un delito de prevaricación y apunta que la condena por este tipo penal no está motivada. Se añade que se aprecia un delito de defraudación en una modalidad de contratación pública "en cuya previsión normativa no cabe el supuesto de hecho, un convenio de permuta". Sobre la atenuante de confesión, dice que solo se aplicó al blanqueo y no al cohecho, a pesar de que se destaca su "relevancia" en el proceso.

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