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Los servicios mínimos para la huelga de limpieza serán del 50% en el centro y del 40% en el resto de la ciudad

En caso de prolongarse la huelga durante la Semana Santa, del 20 al 27 de marzo, ambos incluidos, se ampliará el servicio diario tanto de recogida de residuos sólidos urbanos como de limpieza viaria en el centro histórico al 65 por ciento, según la resolución de la Junta de Andalucía

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Los servicios mínimos fijados por la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral de la Junta para la huelga indefinida de limpieza viaria y de recogida de residuos en Málaga convocada por los trabajadores de Limasa a partir del próximo martes, 1 de marzo, serán diariamente del 50 por ciento en jornada normal para el centro histórico y del 40 por ciento para el resto de la ciudad.

   En caso de prolongarse la huelga durante la Semana Santa, del 20 al 27 de marzo, ambos incluidos, se ampliará el servicio diario tanto de recogida de residuos sólidos urbanos como de limpieza viaria en el centro histórico al 65 por ciento, según la resolución de la Junta de Andalucía.

   En líneas generales, desde la medianoche del 1 de marzo, los servicios mínimos serán del cien por cien en la recogida de residuos sólidos urbanos en hospitales, centros de salud asistenciales, residencias de mayores e instalaciones educativas y también en mercados y mercadillos, incluyendo Mercamálaga.

   Respecto a la limpieza viaria, se precisa que se deberá extremar en los alrededores de contenedores y lugares de vertido, así como en las cercanías de los centros sanitarios, colegios, residencias de mayores, mercados, lonjas municipales y mataderos.

   Por otra parte, serán del 30 por ciento en los talleres de Limasa en todos los turnos y, en lo referido al Centro Ambiental de Málaga (CAM) Los Ruices, también del 30 por ciento en la planta de compostaje, en el vertedero, en pesaje y control y en mantenimiento, y del cien por cien en la planta de biogás y lixiviados.

   La disposición de los servicios mínimos por parte de la Junta es consecuencia de la falta de acuerdo entre el Ayuntamiento de Málaga, como titular del servicio de limpieza; la representación legal de Limasa, y el comité de empresa, tal y como han precisado desde el Gobierno andaluz.

   Los servicios mínimos establecidos equilibran el derecho de los trabajadores a la huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución española con la protección de los que tienen los ciudadanos a recibir el servicio municipal de limpieza.

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