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La familia del 'niño pintor' no pierde la esperanza tras 29 años

Han pedido este miércoles al juzgado que se le declare como fallecido para desbloquear los bienes del padre recientemente fallecido. El caso seguirá abierto

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  • Antonia Guevara, a la salida -

La familia de David Guerrero Guevara, el llamado "niño pintor" de Málaga, de trece años, quien salió de su casa en abril de 1987 para acudir a una galería de arte, pero jamás se le volvió a ver, ha pedido hoy al juzgado que se le declare fallecido aunque no pierde la esperanza de encontrarlo.

"La policía me ha dicho que no se cierra el caso" ha explicado a los periodistas Antonia Guevara, madre del desaparecido, a su salida de los juzgados", que ha insistido en que el trámite judicial era necesario a efectos legales para desbloquear los bienes del padre que falleció hace unos meses.

La madre da este paso tras 29 años de búsqueda y con resignación ha explicado que "la justicia es la justicia y nos lo exigen", pero ha insistido en que ella no pierde la esperanza "nosotros lo sentimos vivo hasta que no se demuestre lo contrario".

Esta mañana en el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga se ha acogido una comparecencia sobre la declaración del fallecimiento de David Guerrero Guevara y está previsto que unos cuatro días aproximadamente el juzgado haga un decreto con la resolución.

Al acto ha acudido la madre, uno de los hermanos del desaparecido y dos vecinas para dar fe que desde hace 29 años no se tiene noticias de "niño pintor".

El abogado de la familia, Alejandro García, ha indicado que el acto de esta mañana "es un formalismo, porque todo está paralizado al seguir figurando como heredero" y ha reiterado que la investigación policial sigue abierta.

Los trámites se iniciaron hace unos meses, pero el pasado agosto el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Málaga hizo público este procedimiento a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), que es la herramienta legal para dar por informados a aquellos interesados a los que no se puede localizar.

Según la ley, se puede dar por fallecido una vez transcurridos diez años sin noticias del ausente para que sus familiares puedan disponer de sus bienes o acceder a prestaciones (viudedad, orfandad o indemnizaciones de seguros).

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