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Confirman archivo del caso urbanístico Villas del Arenal de Málaga

La Audiencia de Málaga ratifica la decisión tomada en su día por el Juzgado de Instrucción número 8

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  • CIudad de la Justicia de Málaga. -
  • Hace referencia a la causa contra el exedil de Urbanismo Francisco Pomares y el gerente de dicha área José Cardador

La Audiencia de Málaga ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción número 8 de archivar el caso sobre las presuntas "injerencias políticas" en la tramitación de expedientes de infracciones y restablecimiento de la legalidad en la urbanización Villas del Arenal de la capital malagueña, respecto del exedil de Urbanismo Francisco Pomares y el gerente de dicha área José Cardador.

Así, en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Novena desestima el recurso presentado por el grupo municipal del PSOE, personado como acusación particular, contra el sobreseimiento provisional de este procedimiento. Esta misma Sala ya acordó el pasado mes de enero ratificar el archivo de la causa respecto de la edil Teresa Porras, que también fue investigada inicialmente.

Este caso comenzó tras llevar el grupo municipal de Ciudadanos --al que se unió luego PSOE y Málaga para Gente-- las manifestaciones realizadas por exjefes de urbanismo en la comisión municipal de investigación sobre expedientes de infracciones urbanísticas a la Fiscalía, que abrió unas diligencias y tomó declaraciones a esos excargos, tras lo que se remitió la causa al juzgado.

El juzgado encargado del caso consideró en enero que se debían sobreseer provisionalmente las actuaciones "no advirtiéndose indicios suficientes de criminalidad respecto de los delitos que venían siendo atribuidos a Francisco Pomares y a José Cardador", apuntando al "colapso general del Departamento de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento".

Ahora, la Audiencia coincide con el instructor en que "no existe acreditación de que se dieran órdenes directas o indirectas a los técnicos para que precisamente los expedientes de la urbanización controvertida fueran paralizados", aludiendo al "retraso descomunal" que existía y que "no puedo producirse desde 2015 sino que tuvo que tener un origen anterior".

"Es decir, la falta de tramitación de los expedientes sancionatorios de Villas del Arenal no fueron una excepción, sino la desgraciada regla", según señala el Tribunal de apelación, que incide en que dicha paralización "no se debió a la conducta omisiva de los denunciados, sino a una lamentable situación estructural", por lo que desestima el recurso, tal y como han adelantado medios locales.

Asimismo, señala que se achaca a unos concejales "de un partido por los de otro partido" haber ordenado la paralización de expedientes sancionadores, apuntando que "en ningún caso podría hablarse de tráfico de influencias" porque esta conducta entró en el Código Penal en 2015 "no estando en vigor en los momentos iniciales de la cronología".

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