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Condenan a una aseguradora a indemnizar por la muerte de un hombre con cáncer

Así lo ha confirmado la Audiencia de Málaga y ahora la aseguradora deberá pagar 50.000 euros a los familiares de un hombre fallecido por cáncer de próstata

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  • Ciudad de la Justicia de Málaga. -
  • 'El Defensor del Paciente', ha indicado que el contenido del consentimiento informado, firmado por el afectado, presentaba importantes "anomalías"
  • "Se omitió una explicación comprensible para el paciente de en qué consiste el procedimiento y cómo se lleva a cabo y qué es lo que se esperaba"
  • Además, "se indujo al paciente a concebir falsas esperanzas cuando la realidad era que no podía ser curativa dada la extensión de la enfermedad"

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia de un juzgado de Primera Instancia que condena a una aseguradora a indemnizar con 50.000 euros a los familiares de un hombre fallecido que tenía cáncer de próstata avanzado y al que se le aplicó una cirugía no resolutiva.

Así lo han informado en un comunicado desde la Asociación 'El Defensor del Paciente', cuyos servicios jurídicos, en concreto el letrado Antonio Navarro Rubio, han representado a la viuda del fallecido, de 81 años en el momento de los hechos.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Málaga dictó sentencia en febrero de 2018, estimando parcialmente la demanda presentada y condenando a una aseguradora a abonar 50.000 euros a la mujer del hombre.

Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la aseguradora y ahora ha sido desestimado el recurso y confirmada la resolución inicial, condenando a la compañía, además de al pago de la indemnización, al abono de las costas.

El hombre presentaba ya desde 2005 un tumor prostático sin metástasis. En 2008 comenzó a aumentar las cifras de PSA, estando en seguimiento y tratamiento con antiandrógenos. En septiembre de 2013 se trasladó a vivir a Málaga.

En noviembre de ese año se realizó una gammagrafía ósea, en la que presentó metástasis en vejiga, ganglios linfáticos regionales, óseas y pulmonares, según ha manifestado la asociación, apuntando que con ese diagnóstico, el paciente ingresó en una clínica.

Allí, sigue el colectivo, fue intervenido mediante criocirugía, "que como era de esperar, no obtuvo ninguna mejoría y su estado se fue deteriorando de forma paulatina", falleciendo en 15 de mayo de 2014, seis meses después de la operación, por el tumor que padecía.

Así, desde la Asociación 'El Defensor del Paciente', han indicado que el contenido del consentimiento informado, firmado por el afectado, presentaba importantes "anomalías".

En este sentido, señalan que se firma momentos antes de la intervención "y solo por el paciente, faltando la rúbrica del médico"; además de que "se indujo al paciente a concebir falsas esperanzas cuando la realidad era que no podía en absoluto ser curativa dada la extensión de la enfermedad".

Asimismo, se señala que "se omitió una explicación sencilla y comprensible para el paciente de en qué consiste el procedimiento y cómo se lleva a cabo y qué es lo que se espera del mismo" y no se especificaba los beneficios que la crioterapia iba a suponer para él.

En este sentido, se apunta que la criocirugía "es un tratamiento absolutamente ineficaz en la situación que presentaba" ni en el cáncer de próstata avanzado, "por lo que debería haber quedado automáticamente excluido del tratamiento".

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