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TSJA avala la paralización de las obras promovidas por Cavifer, del hermano del alcalde de Gójar

Ha desestimado así la impugnación planteada por Cavifer a la resolución de 15 de noviembre de 2010

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia que avalaba la paralización que dictó en 2008 el Ayuntamiento de Gójar (Granada), gobernado entonces por el PSOE, contra unas obras promovidas por la empresa Cavifer S.L., en la que uno de sus socios es el hermano del actual alcalde de Gójar (Granada), el 'popular' Francisco Javier Maldonado.

   Ha desestimado así la impugnación planteada por Cavifer a la resolución de 15 de noviembre de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Granada, que ya rechazó su recurso frente a tres resoluciones del entonces alcalde, el socialista Pedro Clavero.

   Concretamente, la primera de ellas, de 11 de enero de 2008, dispuso la "inmediata paralización" de las obras de Cavifer en la calle San Luis, en Gójar, consistentes en la ejecución de un vial, por no tener la correspondiente licencia municipal; la segunda de las resoluciones, de 29 de febrero de 2008, confirmaba la anterior, pero apercibiendo a la empresa y alertándole de posibles sanciones si no legalizaba la situación; y la tercera, de 7 de marzo de 2008, reiteraba igualmente la orden de paralización e iniciaba procedimiento sancionador.


   Según considera ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal andaluz, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, la licencia concedida a Cavifer el 8 de septiembre de 2008 no contenía proyecto de ejecución que amparara la apertura de un vial, ya que sólo se limitaba a la de la construcción de 19 viviendas, locales y aparcamientos. Además, el presupuesto aportado por la empresa, de 883.103 euros, no tenía "referencia alguna" al vial.

   Además, de hecho los magistrados ve "más que cuestionable" la propia licencia de obras para el proyecto de las viviendas, habida cuenta de que el Ayuntamiento de Gójar procedió, el 30 de junio de 2008, a iniciar el procedimiento de revisión de oficio del convenio de gestión urbanística suscrito por Cavifer y la anterior corporación el 22 de agosto de 2005 --cuando era alcalde Maldonado--, revisión que fue además ratificada el 21 de abril de 2010 en sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 5 de Granada.

   Por todo, el TSJA desestima el recurso de apelación formulado por Promociones Cavifer contra la sentencia de lo Contencioso-Administrativo 2 de Granada, que se confirma "por ser ajustada a derecho", y se le impone las costas al apelante, que no podrá presentar recurso de casación, ya que no cabe contra esta resolución.

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