El tiempo en: Málaga

Provincia de Granada

La Audiencia reabre el caso contra el exalcalde de Castril (PSOE) por prevaricación con un contrato

Con el fin de que se investigue "con mayor rigor" quién o quiénes pudieron haber rellenado las ofertas económicas o invitaciones a participar en el contrato, y si la letra de invitación y oferta están rellenadas o no por la misma persona y en su caso quién fue ésta, pide que practique prueba

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

La Audiencia Provincial de Granada ha reabierto el caso contra el que fuera alcalde de Castril (Granada), el socialista José Juan López Ródenas, por supuestas irregularidades en la licitación del contrato para la mejora y control del abastecimiento de agua del municipio (instalación de contadores) y no descarta que su actuación pueda revestir relevancia penal, más concretamente por un delito de prevaricación.

   En un auto de la Sección Primera, de fecha 23 de abril y al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal estima el recurso de apelación interpuesto por el exalcalde de la localidad Miguel Pérez (Nuevo Castril) contra el archivo que el pasado 28 de julio decretó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Huéscar al no ver delito alguno en la actuación de López Ródenas.

   La Audiencia insta así al Juzgado de Huéscar a reabrir el asunto, a tomar declaración como imputado al exalcalde y a que se practiquen nuevas diligencias, como una prueba pericial caligráfica en relación con las ofertas económicas presentadas y las invitaciones a participar remitidas a los que obtuvieron el contrato de licitación, y que se solicite a la Secretaría del Ayuntamiento de Castril un informe en el que se manifiesten las razones por las que se dividieron en dos fases las obras de adjudicación en el expediente de licitación para la obra de mejora y control en el abastecimiento de aguas.

   Para la Sección Primera, no cabe en este momento "en modo alguno descartar" que los hechos pudieran revestir "colorido panal". Los magistrados no comparten así el criterio mantenido en el auto de 28 de julio de 2014 por el juez instructor en el concreto particular de que los hechos en la forma planteada por el recurrente carezcan de relevancia penal. "Otra cosa será la mayor o menor veracidad de los mismos en mayor o menor ajuste de ellos a la realidad o la existencia de unas u otras circunstancias que en definitiva permitan más adelante hacer una más adecuada valoración de su verdadera entidad penal".

   Así, los hechos podrían calificarse como constitutivos de un delito de prevaricación cuya realidad de configuración por el momento y sin perjuicio de lo que se pueda derivar de las diligencias oportunas que se lleven a cabo "no han quedado en modo alguno desvirtuadas", por lo que procede estimar el recurso de apelación interpuesto.

   Con el fin de que se investigue "con mayor rigor" quién o quiénes pudieron haber rellenado las ofertas económicas o invitaciones a participar en el contrato, y si la letra de invitación y oferta están rellenadas o no por la misma persona y en su caso quién fue ésta, pide que practique prueba pericial caligráfica.

   En un comunicado, el recurrente, Miguel Pérez, ha instado al PSOE a tomar una decisión al respecto y ha considerado que "lo que queda claro" es que López Ródenas "sigue imputado en esta y otras ocho diligencias penales más" y que "ética y políticamente" su situación "no se sostiene", "independientemente de la decisión judicial que se resuelva en su día".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN