Una juez de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar una indemnización de 100.000 euros más intereses a los familiares de un hombre que falleció tras un diagnóstico tardío de cáncer de colon, ya que el paciente fue dado de alta al no concluirse la colonoscopia que pudiera haberle salvado la vida.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla estima el recurso presentado por los familiares de la víctima, que han estado representados por 'El Defensor del Paciente', contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada ante el propio SAS.
La víctima, identificada como J.M.C. y de 52 años de edad, acudió el 19 de octubre de 2008 a urgencias del Hospital Virgen Macarena de Sevilla al presentar dolor abdominal, fiebre y diarreas, dándose la circunstancia además de que tanto su madre como dos hermanos habían padecido con anterioridad cáncer de colon.
No obstante, la colonoscopia no se le realizó hasta tres meses más tarde, concretamente el 2 de febrero de 2009, aunque no se pudo completar debido a la intolerancia que presentaba el paciente, por lo que se hizo constar en observaciones 'valorar exploración con sedación profunda', según recoge el fallo.
Pese a esta recomendación, el médico le dio el alta para que volviera a revisión al año, derivándose al paciente a Urología "y a un peregrinar por distintos servicios sin que nadie se diera cuenta de que quedaba pendiente por hacer una colonoscopia que no se completó", tras lo que en diciembre de 2009 el paciente fue diagnosticado de un cáncer de colon con metástasis en el hígado, falleciendo el 24 de septiembre de 2010.
A juicio de la juez, en este caso "ha existido una disfunción en el sistema establecido" por el SAS, dado que "teniendo en cuenta los antecedentes familiares del paciente --madre y dos hermanos fallecidos de cáncer de colon--, se hacía necesario un diagnóstico precoz de la enfermedad con la finalidad de realizar tratamiento adecuado y que hubiera supuesto mayores posibilidades de vida para el paciente".
"Un diagnóstico más temprano hubiera permitido, con cierta probabilidad, un pronto tratamiento que hubiera permitido otorgar mayores probabilidades de vida", concluye la juez.
La juez, por todo ello, condena al SAS a pagar una indemnización de 100.000 euros con los intereses legales de dicha cantidad desde la reclamación previa hasta su total pago.