Un Juzgado de lo Penal de San Sebastián ha condenado a un año y tres meses de cárcel a un hombre que deseó la muerte y dirigió expresiones con mensajes de odio a través de Facebook a destacados representantes del PSOE, PP, Vox y Podemos, como Felipe González, Pablo Casado, Santiago Abascal y Pablo Echenique.
Entre los afectados también se encuentran los dirigentes del PP Rafael Hernando; Xabier García Albiol; el expresidente José María Aznar; Bea Fanjul; la exministra Esperanza Aguirre; la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y María del Mar Blanco, hermana del edil de Ermua (Bizkaia) asesinado por ETA, Miguel Ángel Blanco.
Igualmente, el procesado dirigió mensajes de similar calado contra Alfonso Guerra y Enrique Múgica Herzog (PSOE); Javier Ortega Smith (Vox); el duque de Alba y el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, además de pronunciarse genéricamente en parecidos términos contra "la derecha española" y la formación Vox como partido político en general.
En uno de sus mensajes el inculpado declaró asimismo su "odio a España", al tiempo que incitó "a todo abertzale decente" a hacer lo mismo. "¿Quién me metió el odio?", se pregunta en otro extracto de este mismo texto.
Según la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, el primero de estos comentarios en Facebook fue dirigido el 28 de noviembre de 2015 contra el expresidente del Gobierno Felipe González, a quien el procesado deseó "una muerte lenta y a mil jodidas millas de cualquier analgesia conocida".
De igual manera, el 7 de marzo de 2017, aludió a Esperanza Aguirre, a la que llamó "hija de perra franquista que dedica dinero público destinado a causas nobles para su puto 'hijadismo' pederasta católico de mierda".
La resolución judicial explica que el acusado también pidió disolver "en ácido sulfúrico" y "pasar a cuchillo" a los miembros de Vox.
En una larga lista de mensajes, que concluyó el 11 de julio de 2020, se preguntó además por qué José María Aznar no se moría "de coronavirus", y en relación con el fallecimiento por covid-19 del exministro y exdefensor del pueblo Enrique Múgica Herzog dio las "gracias" a esta enfermedad por acabar con su vida, tras hacer alusión a su condición de "judío" y reclamar la vuelta "a casa" de los presos de ETA.
En otra de estas publicaciones, se dirigió al miembro de Podemos Pablo Echenique para expresar la posibilidad de "pegarle un tiro", tras lo que aludía a su "minusvalía".
Tras estas y otras muchas publicaciones, Facebook bloqueó en varias ocasiones la cuenta del procesado "con motivo de sus comentarios" en esta red social.
Para condenar al encausado, la sentencia, dictada por el magistrado Santiago Romero Buck-Ardstad, recuerda que "el derecho fundamental a la libertad de pensamiento y de difusión de ideas y opiniones no es ilimitado", como sucede en aquellas manifestaciones "discriminatorias" que se vierten en función de razones "étnicas, religiosas, sexuales o ideológicas".
En este sentido, la resolución sostiene que "basta con leer los mensajes publicados por el acusado" en la citada red social para considerar que "colman la tipicidad" del delito de odio, al contener "expresiones, frases, deseos y manifestaciones que exceden de la simple crítica, aún cuando están referidos a personas dedicadas a actividades públicas cuyo ámbito de protección" para este tipo de situaciones "es más amplio y elástico".
El escrito judicial aclara además que la cuenta del inculpado "no estaba cerrada a un grupo concreto de amigos, sino abierta, pudiendo admitir a más seguidores" y de hecho "llegó a contar con un total de 4.571".
"Es increíble que no supiese que lo que hacía era delito", recalca la sentencia, ya que de lo contrario sus mensajes, escritos en una cuenta abierta con su nombre, "no tendrían sentido".
Recuerda a este respecto que en este tipo de delitos el "dolo" no requiere "conocer exactamente la antijuricidad" de la conducta pero sí "ser consciente de traspasar la generosa frontera de la libertad de expresión" como quedó probado en este caso con "todas las veces que la administración de Facebook le bloqueó la cuenta".
Por estos motivos, considera al acusado responsable de un delito de odio, por el que le impone una pena de un año y tres meses de cárcel y una multa de 275 euros, además de inhabilitarle durante cuatro años y cuatro meses para el ejercicio de profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre".