Una sentencia de la Sección Cuarta, a la que ha tenido acceso Efe, explica que el acusado A.R.T. llegó borracho sobre las 23 horas del 26 de julio de 2007 a la vivienda que compartía desde dos meses atrás con B.G.J. en Sevilla y comenzó a reprocharle sus supuestas relaciones con otros hombres.
El acusado despojó a tirones a la víctima de sus ropas, la arrojó sobre la cama, le separó las piernas a la fuerza y la violó, según la sentencia.
Sobre la medianoche del día 28, A.R.T. regresó al domicilio común, que la mujer no había abandonado por temor, y cuando la víctima se negó a comer lo que le había llevado, el acusado "entró en un estallido de violencia, zarandeando y golpeando a su pareja".
Cuando ella se defendió con una chancla, el acusado "desahogó su agresividad contra paredes y puertas de la casa", donde causó daños materiales valorados en 1.154 euros, según la sentencia.
A mediodía del 28 de julio, la mujer salió de la casa y se dirigió a un bar cercano frecuentado por amigos, donde el acusado la encontró sobre las 16.30 horas y, siempre en estado de embriaguez, ordenó a su pareja regresar a casa, y al negarse aseguró que la mataría.
Cuando ocurrieron los hechos sufría adicción a la cocaína, hachís y especialmente al alcohol, enfermedades por las que está en tratamiento desde junio de 2010 y presenta una "evolución favorable y manteniendo la abstinencia", según la sentencia.
Aunque el acusado negó la violación, los jueces se basan en el testimonio de la víctima, en el que apreció "sinceridad, firmeza y espontaneidad, lejos de cualquier vacilación pero sin excesos de victimización".
Frente a la "seguridad y consistencia" del testimonio de la víctima, el acusado primero negó la realidad de las relaciones sexuales y luego, ante la evidencia de los análisis de ADN, pretendió que fueron consentidos.
Además, los jueces consideran demostrado el delito pese a que la violencia desplegada para doblegar a la víctima "no alcanzó niveles de intensidad especialmente llamativos".
El veredicto incluye 3.000 euros de indemnización por "el daño psíquico inherente a toda violación y el atentado que supone a la dignidad personal de la víctima", así como siete años de alejamiento y prohibición de comunicar con la mujer por cualquier medio.
A.R.T. es condenado a seis años de cárcel por un delito de violación, nueve meses por otro delito de lesiones leves en la pareja y seis meses de cárcel por un delito de amenazas, junto a una multa de 1.080 euros por los daños dolosos en puertas y ventanas.