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Sábado 11/05/2024  

Sevilla

El Supremo anula la absolución del crimen del botellón y condena a Riquelme

El Tribunal Supremo ha anulado la absolución que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó del caso conocido como el crimen del macrobotellón de Sevilla, y ha ratificado la condena del jurado a Óscar Riquelme de 12 años y seis meses de cárcel por matar a un joven de una puñalada

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El Tribunal Supremo ha anulado la absolución que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dictó del caso conocido como el crimen del macrobotellón de Sevilla, y ha ratificado la condena del jurado a Óscar Riquelme de 12 años y seis meses de cárcel por matar a un joven de una puñalada.

La resolución de la sala de lo Penal del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, tiene en cuenta el recurso de "casación por infracción de ley" interpuesto por la madre del joven fallecido, a la que respaldó la fiscalía, anula la absolución del TSJA del 15 de octubre de 2012 y confirma la condena por homicidio del jurado del 18 de mayo del mismo año.

En su resolución, el Supremo señala que el TSJA "se excedió de los límites que le corresponden como tribunal de apelación", porque la Ley de Enjuiciamiento Criminal "no permite una nueva valoración de todo el material probatorio".

El Supremo señala que la prueba del jurado no pude considerarse "irracional o incursa en arbitrariedad, por lo que no debió ser modificada al resolver la apelación".

Óscar Riquelme Rodríguez fue condenado por el jurado a doce años y seis meses de cárcel por matar de una puñalada a Francisco José Guerrero, de 23 años, durante un macrobotellón celebrado el 25 de marzo de 2011 en el Charco de la Pava de Sevilla.

La sentencia del jurado, tras el juicio en la Audiencia de Sevilla, también condenó a Riquelme, de 34 años, a pagar a la madre de la víctima, vecina de La Puebla de Cazalla (Sevilla), 146.0103,91 euros de indemnización, extremos que ahora confirma el Supremo.

El fiscal, en el recurso ante el Supremo, identificó cinco errores en la sentencia absolutoria y consideró que los magistrados del TSJA introdujeron en la misma su propia versión de los hechos probados en lugar de la valorada por el jurado.

Una de las claves del asunto fue la declaración de una testigo que, durante la investigación judicial del caso, identificó a Riquelme como autor de la puñalada que mató a Guerrero, pero que luego, durante el juicio, se retractó.

En este sentido, el Supremo da más credibilidad a lo manifestado por esta testigo en la fase de instrucción que en sus manifestaciones en el juicio porque en la primera ocasión ofreció su versión en "mejores condiciones de tranquilidad".

También indica el Supremo que lo manifestado por esta testigo protegida "no es en realidad una rectificación absoluta de lo dicho hasta ese momento, sino una ausencia de coincidencia parcial" con lo que había dicho antes, lo que atribuye a una "mera confusión" respecto a la posición del agresor y el agredido.

El Supremo añade que varias pruebas "testificales, directas y de referencia" consideran "razonable" que Riquelme fuera el que propinó el navajazo mortal al joven que luego falleció.

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