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19/05/2024
 
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Málaga

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Condenado un empleado de un supermercado por apropiarse de 1.350 euros de la recaudación

El dinero procedía de las ventas y debía haberlo introducido en la caja fuerte junto a dos sobres

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  • Fachada de un supermercado DIA (archivo). -
  • El acusado negó ser el autor y señaló la posibilidad de que hubiera sido una compañera
Un empleado de la cadena de supermercados Dia ha sido condenado a cuatro meses de prisión, con aplicación de la atenuante de retrasos indebidos en la Administración de Justicia, después de que quedara acreditado en el juicio que se apropió de 1.350 euros procedentes de la recaudación de una de las tiendas que esta marca tiene en la capital malagueña.
 
Además de pagar las costas judiciales, el Juzgado de lo Penal 1 y la Audiencia Provincial le han impuesto el abonó de dicho importe sustraído, como responsabilidad civil.
      
Los hechos enjuiciados ocurrieron el 6 de octubre de 2018, sobre las 21:30 horas, en la tienda que Dia tiene en la calle Salamanca. En el momento del cierre del supermercado, el trabajador y el encargado del mismo procedieron a recoger el importe de la recaudación obtenida en una de las cajas, para introducirlo en un sobre que debía de ser depositado en la caja fuerte del establecimiento.
    
El empleado condenado, sin embargo, indicó a su jefe que el sobre no entraba por la ranura de la caja, por lo que él mismo procedió a contar de nuevo el dinero y a dividirlo en dos sobres y a entregarlos al acusado para que los metiera otra vez en la caja fuerte.
       
Sin embargo, según se recoge en la sentencia del Juzgado de lo Penal 1, confirmada ahora por la Audiencia, el trabajador con ánimo de lucrarse se quedó con ambos sobres y el dinero que contenían, sin llegar a depositarlos.
    
Aunque el procesado mantuvo su inocencia durante la instrucción y la vista oral, y apuntó a que podría haber sido una compañera la que habría sustraído el dinero al día siguiente al abrir la caja, los jueces de la Sección Primera de la Audiencia de Málaga lo rechazan asegurando que el acusado "sabía perfectamente que iba a ser descubierto al día siguiente, cuando la encargada de la caja fuerte la abriese y echase en falta el dinero, y precisamente esa pudo ser también la coartada mental que tuvo en cuenta, de tal forma, introduciría la duda pues habría involucrado a otra persona en la apropiación de los sobres".
 
ERROR DURANTE EL PROTOCOLO DE RECOGIDA
 
El fallo señala que el empleado del supermercado aprovechó la falta de diligencia y cuidado de la persona encargada de introducir los sobres en la caja fuerte, "la cual no le acompañó a la oficina, de acuerdo con las reglas establecidas protocolariamente", y fue ese momento que aprovechó para no introducir los sobres y hacerse con el dinero que contenían. 
 
"No existen razones objetivas serias, ni mínimamente acreditadas, que señalen a la encargada como la responsable de la sustracción, salvo las elucubraciones hipotéticas del apelante, carentes por completo de fundamento y apoyo probatorio", sostienen los magistrados para rechazar la apelación de inocencia para la que, no obstante, reconocen una reducción de la pena impuesta por apropiación indebida al haberse retrasado el procedimiento judicial por este caso que ocurrió a finales de 2018.

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